Quizá una de las críticas más comunes a la reciente legislación estatal de suelo, hoy recogida en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, ha sido la de su carácter meramente programático. Es una legislación de principios, de objetivos, que deja los medios a los legisladores competentes, los autonómicos, en cuyas manos queda pues en gran medida la efectividad de la legislación estatal. Es cierto que ese carácter programático no se da en muy relevantes cuestiones como las atinentes a cesiones, reservas de suelo para vivienda protegida o, muy especialmente, valoraciones. Sin embargo, una crítica común, no exenta de cierta ironía, ha sido la realizada a la referencia que el artículo 10.1.c) de la citada Ley de Suelo realiza a los principios que han de atenderse en la ordenación de los usos del suelo y, en particular, de tales principios, el de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Establece dicho precepto que las administraciones públicas deberán “atender, en la ordenación que hagan de los usos del suelo, a los principios de accesibilidad universal, de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de movilidad, de eficiencia energética, de garantía de suministro de agua, de prevención de riesgos naturales y de accidentes graves, de prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente”.
Recientemente ha publicado el Gobierno Vasco un Manual de análisis urbano. Género y vida cotidiana , cuya lectura puede contribuir a alumbrar a los críticos, fundamentalmente juristas, sobre el alcance que la igualdad entre mujeres y hombres puede tener desde la perspectiva urbanística. Y es que, lejos de lo que pueda pensarse, el diseño de la ciudad, su mantenimiento, la distribución de los equipamientos o la movilidad, entre muchas otras cuestiones, no resultan neutrales desde la perspectiva del género ni producen los mismos impactos para hombre y mujeres en una sociedad en la que prácticamente tres cuartas partes del trabajo doméstico es realizado por mujeres. Si a eso unimos los impactos que producen la dificultad o facilitad para realizar desplazamientos exigidos por la gestión del hogar y las necesidades de los niños puede empezar a vislumbrarse el impacto de género del diseño urbano. Por lo demás, también desde la perspectiva de la seguridad los impactos de género del urbanismo son diferentes. La ciudad segura, se afirma en la obra citada, es la ciudad compartida y viva, la calle llena, con actividad y gente. Y esa percepción de seguridad, o inseguridad, es distinta para hombres y mujeres.
Un diseño urbano que no atienda a principios como los expresados en la legislación estatal de suelo corre el riesgo de dar lugar a una ciudad prohibida, con mapas concretos como los ya elaborados en Basauri, Ermua, Ondarroa, Hernani, la mancomunidad Uribe Kosta, o a problemas como los identificados en ciudades como Montreal, Madrid o Barcelona, entre otras, por diferentes colectivos. No se trata de vagas directrices de género sino de concretos objetivos urbanísticos como evitar pasos subterráneos; diseñar los pasadizos a cota de calle suficientemente anchos para evitar la sensación de tubo, sin elementos intermedios que dificulten la visión y con buena iluminación, acceso directo a portales sin recovecos o zonas de poca visibilidad, con acceso directo a la calle y sin patios interiores; exigir portales acristalados con visibilidad desde y del exterior; recorridos prioritarios libres de elementos que dificulten el control visual; disponer la iluminación orientada al peatón y no a los coches; diseñar, mantener y controlar la vegetación para que no dificulte la visión por su excesivo crecimiento; ubicar portales, accesos garajes y escaparates a paño de fachada, sin retranqueos; evitar lugares donde pueda esconderse una persona fácilmente; evitar espacios monofuncionales que queden desiertos a determinadas horas buscando la mezcla de usos que garanticen un uso continuo del tejido urbano; evitar la proliferación de solares o casas abandonados; garantizar el cumplimiento de la normativa de supresión de barreras arquitectónicas; estudiar el mobiliario urbano como parte del proyecto y no como elemento posterior; adecuar las zonas infantiles también para los cuidadores y diseñarlas para hacer posible su uso en días de lluvia; o disponer y hacer un seguimiento continuo del uso de los espacios públicos para adaptarlos a los cambios sociales y urbanos.
La aportación del Manual de análisis urbano es la metodología aplicada para analizar los espacios urbanos desde la perspectiva del género y la seguridad, una metodología participativa que permite alcanzar conclusiones de mejora de los espacios urbanos existentes y futuros. Una metodología que, en definitiva, demuestra que esos principios cuya observancia impone la legislación estatal a las administraciones competentes en materia de ordenación urbanística sí tienen contenido, quizá no económico, pero sí social y jurídico. Esos principios son el resultado de una percepción del urbanismo, y del derecho urbanístico en particular, que no se detiene únicamente en el propietarios, el empresario y la administración. Son la plasmación de un urbanismo en el que el ciudadano sí es relevante. Y esto algunos, todavía hoy, no parecen entenderlo.
Julio Tejedor Bielsa
Recientemente ha publicado el Gobierno Vasco un Manual de análisis urbano. Género y vida cotidiana , cuya lectura puede contribuir a alumbrar a los críticos, fundamentalmente juristas, sobre el alcance que la igualdad entre mujeres y hombres puede tener desde la perspectiva urbanística. Y es que, lejos de lo que pueda pensarse, el diseño de la ciudad, su mantenimiento, la distribución de los equipamientos o la movilidad, entre muchas otras cuestiones, no resultan neutrales desde la perspectiva del género ni producen los mismos impactos para hombre y mujeres en una sociedad en la que prácticamente tres cuartas partes del trabajo doméstico es realizado por mujeres. Si a eso unimos los impactos que producen la dificultad o facilitad para realizar desplazamientos exigidos por la gestión del hogar y las necesidades de los niños puede empezar a vislumbrarse el impacto de género del diseño urbano. Por lo demás, también desde la perspectiva de la seguridad los impactos de género del urbanismo son diferentes. La ciudad segura, se afirma en la obra citada, es la ciudad compartida y viva, la calle llena, con actividad y gente. Y esa percepción de seguridad, o inseguridad, es distinta para hombres y mujeres.
Un diseño urbano que no atienda a principios como los expresados en la legislación estatal de suelo corre el riesgo de dar lugar a una ciudad prohibida, con mapas concretos como los ya elaborados en Basauri, Ermua, Ondarroa, Hernani, la mancomunidad Uribe Kosta, o a problemas como los identificados en ciudades como Montreal, Madrid o Barcelona, entre otras, por diferentes colectivos. No se trata de vagas directrices de género sino de concretos objetivos urbanísticos como evitar pasos subterráneos; diseñar los pasadizos a cota de calle suficientemente anchos para evitar la sensación de tubo, sin elementos intermedios que dificulten la visión y con buena iluminación, acceso directo a portales sin recovecos o zonas de poca visibilidad, con acceso directo a la calle y sin patios interiores; exigir portales acristalados con visibilidad desde y del exterior; recorridos prioritarios libres de elementos que dificulten el control visual; disponer la iluminación orientada al peatón y no a los coches; diseñar, mantener y controlar la vegetación para que no dificulte la visión por su excesivo crecimiento; ubicar portales, accesos garajes y escaparates a paño de fachada, sin retranqueos; evitar lugares donde pueda esconderse una persona fácilmente; evitar espacios monofuncionales que queden desiertos a determinadas horas buscando la mezcla de usos que garanticen un uso continuo del tejido urbano; evitar la proliferación de solares o casas abandonados; garantizar el cumplimiento de la normativa de supresión de barreras arquitectónicas; estudiar el mobiliario urbano como parte del proyecto y no como elemento posterior; adecuar las zonas infantiles también para los cuidadores y diseñarlas para hacer posible su uso en días de lluvia; o disponer y hacer un seguimiento continuo del uso de los espacios públicos para adaptarlos a los cambios sociales y urbanos.
La aportación del Manual de análisis urbano es la metodología aplicada para analizar los espacios urbanos desde la perspectiva del género y la seguridad, una metodología participativa que permite alcanzar conclusiones de mejora de los espacios urbanos existentes y futuros. Una metodología que, en definitiva, demuestra que esos principios cuya observancia impone la legislación estatal a las administraciones competentes en materia de ordenación urbanística sí tienen contenido, quizá no económico, pero sí social y jurídico. Esos principios son el resultado de una percepción del urbanismo, y del derecho urbanístico en particular, que no se detiene únicamente en el propietarios, el empresario y la administración. Son la plasmación de un urbanismo en el que el ciudadano sí es relevante. Y esto algunos, todavía hoy, no parecen entenderlo.
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