viernes, 28 de diciembre de 2012

A vueltas con las funciones reservadas y su desempeño

Hace ya unos años ( entre 20 y 30) , fuimos convocados a Madrid por el INAP, una treintena de funcionarios ( Secretarios, Interventores y Tesoreros)  de prácticamente todas las regiones de España ( ya no recuerdo si todavía estábamos de “Cuerpo Nacional” presente, o si ya éramos habilitados, o bien nacionales, o estatales,….o como quisieran llamarnos), y a modo de reuniones conventuales en la propia sede del Instituto, se formaron varias comisiones, ponencias, grupos de trabajo o mesas.., en las que por el  Instituto convocante, se interesaba, se supone que nuestra “fundada opinión” , sobre cómo llevar a cabo la selección de los funcionarios encargados de asumir los puestos y funciones, que igualmente se suponían “reservadas”, en las Entidades Locales de toda España, a excepción de Navarra ( por tener funcionariado propio).
Atendiendo la encomienda, nos pusimos a trabajar y a debatir las distintas comisiones o grupos de trabajo ,  pasando a formular una serie de propuestas, que como es lógico no fueron atendidas en su inmensa mayoría, toda vez que iban encaminadas a la profesionalización e independencia del colectivo de funcionarios que en las Entidades Locales, y con funciones a ellos “reservadas”, tendrían la seria misión de informar acerca del cumplimiento de la legalidad, la de autentificar los actos y acuerdos locales, así como velar por la disciplina presupuestaria y financiera y de su control, etc.
Para ello, recuerdo se proponía por las citadas comisiones, que la dependencia de estos funcionarios tanto orgánica como funcionalmente se atribuyera al Estado ( en ese momento las CCAA, o no estaban, y si estaban, no hacían ruido, se estarían posicionando…..digo yo), amén de ello, y en su consonancia, que la selección del colectivo, se hiciera exclusivamente por el Estado, con unos programas bien definidos y encaminados a la preparación de aquellos funcionarios que deberían ser los especialistas de “lo local”, con ingreso en las distintas Subescalas, siempre, por la vía exclusiva de la oposición libre ( exámenes orales, no la pantomima del tipo Test y tribunales integrados por catedráticos de derecho administrativo, abogados del estado, y funcionarios de las distintas subescalas de la habilitación) e igualmente se definía y proponía un régimen disciplinario “severo” en atención a los cometidos a desempeñar,  así como  evitar el intrusismo ( sin nombramientos de interinos ni accidentales) y con un régimen de sustitución entre los propios funcionarios habilitados por zonas o demarcaciones ( parecidas o similares a las de los notarios, que tan buen resultado está dando, por lo menos para ese colectivo, que no deja entrar a nadie en él, ni se espera que entren, salvo para recoger competencias, como la de autorizar matrimonios: a cuanto ?….), ya que desgraciadamente nuestro colectivo, a diferencia de otros que son bien conocidos, no dispone de “lobby” alguno que haga valer sus pretensiones ante las instancias de decisión política, y que evitaría, como ocurre con el  notariado,  cualquier modo de intromisión y ni siquiera “sugerencias”, en el modo de cumplir nuestras funciones ( vía complementos u otras sutilezas)……
Todo ello, como queda dicho y visto, quedó en agua de “borrajas”, igual que parece va a suceder con el “resurgimiento” de los llamados “Cuerpos Nacionales” o fortalecimiento de este colectivo funcionarial, que el Partido Popular pregonó en su programa electoral para las Generales pasadas, ya que por lo que se “oye”, en mentideros ( o lo que es igual en el quincuagésimo borrador de reforma), a pesar de la que está cayendo y va a seguir cayendo vía ajustes presupuestarios, y de su estabilidad, la pregonada transparencia, item, item, item….  a lo sumo y como parece, este colectivo quedará reducido, a una suerte de acólitos o nuncios ( en particular, los Interventores) de la IGAE, que de este modo obtendrá un nuevo fondo de productividades con el trabajo de otros, y así decir, hasta siempre, a la perseguida independencia en el ejercicio de nuestras funciones…., y pese a que se haya podido sostener,  no es objetivo de este colectivo funcionarial desplazar, ni ocupar el puesto de nadie ni asumir sus competencias, sino el de desempeñar, siempre con lealtad, las funciones que por Ley se nos reserven, en las instituciones a las que por nuestra habilitación, preparación y conocimientos, nos corresponde servir.

Enrique Pedrero Balas


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