Hace unos días me llegó la desoladora noticia de que la Administración electrónica había fallecido. La triste noticia la anunciaba el 21 de Julio de 2013 Alberto Ortíz de Zárate Tercero en el blog que edita “administración en red”. Según cuenta: “Lo cierto es que la Administración electrónica -eGovernment-, como etiqueta, está prácticamente muerta. Hemos gastado muchos, muchos millones de euros en ponerla en marcha, y sus resultados son -con honrosas excepciones- desoladores. El Gobierno abierto es ahora una promesa más creíble. Puede rescatar los restos del naufragio y hacer las cosas mejor esta vez. Puede. Si todos ayudamos.” La verdad es que parece ser que el estado de salud de la “administración electrónica” era bastante delicado. Antes, Iñaki Ortiz Sánchez había pedido que la Administración electrónica no pasara de moda. El 25 de Marzo de 2013 en el blog que co-edita con Alberto, Iñaki señaba que: “Pronto cumplirá seis años la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Aunque todavía está lejos de alcanzarse el pleno desarrollo de la Administración electrónica en los diferentes niveles administrativos del Estado, la Ley 11/2007 ha servido para dinamizar el avance en ese proceso, al menos durante un cierto tiempo. Sin embargo, tengo la sensación de que, so pretexto de las restricciones presupuestarias, ese impulso está perdiendo fuelle.”
Y cierto era y es que la administración electrónica venía perdiendo fuelle, dinero y hasta aceite. Igual un motivo era que “el 75% de los proyectos de implantación de la administración electrónica acaban como el rosario de la aurora.” Tremendo dato que dio Manuel Caño Gómez (según el informe CHAOS, que realiza el Standish Group) en uno de los seminarios web que impartió en la comunidad de prácticas de la contratación pública sobre cómo implantar la contratación pública electrónica, intentando garantizar el retorno de la inversión y de los esfuerzos realizados. Una pena que haya muerto, porque se habían hecho muchos esfuerzos por salvar a la “administración electrónica”.
Se había reguló jurídicamente el asunto: la Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de firma electrónica, dio cobertura legal al elemento fundamental que habilita la administración electrónica, la firma digital; la Ley 7/2007, de 12 de Abril del Estatuto Básico del Empleado Público introdujo reformas en la regulación del personal de las Administración públicas con la finalidad de que este recurso, “el más importante de todos los recursos de una organización”, se adecuara a los nuevos aires que traía la modernización administrativa; la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos que reconoció el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la administración pública y puso una fecha al ejercicio de dicho derechos, el 1 de Enero de 2010; la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, sirvió como banco de pruebas e indicador de cómo iba a desarrollarse todo este proceso de cambio, ya que mucho de lo previsto en la Ley 11/2007 con carácter general para el 1 de enero de 2010 ya estaba en vigor en el ámbito de la contratación desde el 1 de Mayo de 2008). Además, se destinaron un montón de millones de euros (“Plan Info XXI”, Plan eEurope 2000, Plan eEurope 2002, Plan eEurope 2005, “Ciudades Digitales”; “Ciudades Singulares”; “Ayuntamientos Digitales”; “Plan de Acción sobre la Administración Electrónica i2010”; … y hasta el “2º plan “E” indirectamente también destinó dinero para financiar actuaciones que tuvieran como objetivo dar cumplimiento al mandato de la Ley 11/2007, de 22 de junio).
Y se hicieron muchos esfuerzos de todo tipo para informar, formar, comunicar y difundir el asunto (el Ministerio de Economía y Hacienda publicó el libro electrónico “La Administración Electrónica y el servicio a los ciudadanos”; en la comunidad autónoma de Castilla y León se creó el Observatorio Regional de la Sociedad de la Información (ORSI) y la Red de Municipios Digitales. Ésta última publicó manuales sobre el asunto, como la “Guía de adaptación de las EELL a la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos” o “La identidad digital.
Una visión práctica desde la normativa y su aplicación a los elementos de la administración electrónica”; la Federación Española de Municipios también hizo un esfuerzo y, entre otras actuaciones, publicó la “Guía práctica sobre la Ley 11/2007, de 22 de Junio” que fue actualizada cuando se desarrolló la Ley 11/2007 con el título “Incidencia del desarrollo reglamentario en la adaptación de las Administraciones Locales a la Ley.”; El Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) basadas en fuentes abiertas (CENATIC) ha realizado un potente estudio sobre la Ley 11/2007, tanto desde el punto de vista jurídico como desde el tecnológico; Alberto López Tallón cuando elaboró y publicó en su blog (www.microlopez.org), el “Manual práctico de supervivencia en la Administración Electrónica”, manual del que ya se dispone de una “2ª edición”); yo mismo edité la “Guía 2.0 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos”, con más de 25 presentaciones en power-point sobre los aspectos más relevantes de la administración electrónica, integradas en un documento googledocs público en la web.
Hasta se facilitó gratuitamente software, como la plataforma de contratación del Estado en el ámbito de la contratación pública, o las soluciones tecnológicas creadas, diseñadas y distribuidas gratuitamente en el ámbito local a través del Plan Avanza (Localweb (para generar y gestionar sedes electrónicas); SIGEM (el motor de la administración electrónica); Padrón (para la gestión de habitantes); Catastro y Localgis (Sistema de Información Territorial).
Después de todo esto, después de tantos años, esfuerzos y euros, la administración electrónica ha muerto. Aunque sólo llegue a conocerla de oídas, me da mucha pena. En fin, descanse en paz.
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