Ayer martes la prestigiosa ONG alemana ayer denunció el incumplimiento de España del compromiso contraído en el año 2012 ante la OCDE de proteger a los denunciantes de corrupción, ya fueren empleados públicos o privados. En el caso español es acuciante e importante acometer un Estatuto del funcionario “soplón” por varias razones:
- Porque posiblemente la inmensa epidemia de corrupción que nos asola es la punta de un colosal iceberg.
- Porque se facilitaría la prueba de la corrupción ( culpables, rastro, botín, tinglados, etc).
- Porque ningún funcionario tiraría de la manta sin contar con una red protectora. En España abunda lo de ” o conmigo o sin mí” en sindicatos, partidos, camarillas políticas y lobbies.Y las represalias o mobbing aguardan.
Habría que regular la denuncia anónima, la confidencial o la pública acompañada de garantías ( traslados, licencias, etc). Es más, sería bueno regular un “procedimiento de clemencia” como el fijado por la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, que a los “delatores” beneficia aplicándoles responsabilidades muchísimo mas suaves que a los delatados.
En el Reino Unido y Canadá, así como en la mayoría de Estados europeos,se cuenta con leyes de protección de servidores públicos que denuncian la corrupción.
Quizás en España no “les urge”a los políticos, no vaya a ser que tal Ley ” muera de éxito” y nos quedemos escasos de cargos públicos, o que se “abra la veda” y se utilice la denuncia para vendettas, jugarretas electorales o motivos inconfesables.
En fin, sería deseable que se pusiese en esta materia la misma diligencia que la que se empleó en la regulación de las denuncias anónimas por delito o infracción tributaria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario