En tiempos de proliferación de normas que nadie lee y a nadie le importan, a veces afloran reglamentos de carga revolucionaria, que afectan al pobre y al rico, que encierran un ejemplo vivo de Derecho Administrativo y que además el jurista debe conocerlo por obligación… y por devoción. Es el caso del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero (BOE de 11 de Enero), por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico. Veamos su regulación con un toque de humor apropiado al fin de semana.
1. Como jurista me asombra este ejemplo de reglamento independiente ( huérfano de Ley que desarrolle) y aplaudo que de respuesta a un sector marcado por los abusos comerciales. Y es que si resucitasen todos los cerdos de los que las etiquetas y carniceros nos dicen que es producto ibérico posiblemente España tendría mas cerdos que gallinas ponedoras.
2. Además es una norma repleta de curiosidades que nos permitirán parecer eruditos en una tertulia o en la mesa y demostrarán que el Derecho tiene utilidad práctica y sabrosa.
Por ejemplo, gracias a este reglamento, he aprendido cosas útiles y curiosas:
- Para empezar define lo que es el “Jamón” y la “Paleta” o la “Caña de Lomo” ( pese a que la palabrería nunca sustituirá el buen paladar ni lo que se ve:¿ acaso alguien no es capaz de distinguir un jamón de una paletilla o del lomo, sin latinajos ni reglamentos?). Mas práctica resultaba la primera enciclopedia polaca (1745-46), que a la hora de definir “Caballo”, se limitaba a exponer: ” Lo que es un caballo resulta obvio para todo el mundo” (Koń jaki jest, każdy widzi, que literalmente sería: ” Lo que un caballo es, todo el mundo lo ve”)
- Que el jamón y el lomo son “De bellota”, si el cerdo fue alimentado exclusivamente con productos de la dehesa, bellota y hierba; Que es de “Cebo de campo” si la alimentación consistió en piensos pero al aire libre; y será solamente de “Cebo” si se alimentó con piensos pero en explotaciones intensivas y espacios cerrados ( eso sí, con derecho a suelo libre “por cabeza” de 2 m2). Parafraseando la frase de Orwell en “Animal Farm” ( muy apropiada, recordemos que Napoleón es el cerdo líder de la granja), podríamos decir que ” Todos los ibéricos son iguales, pero unos mas iguales que otros”.
- Que la calidad de los jamones sigue la técnica de los semáforos pues el color de la etiqueta importa. A partir de ahora nos indicará su calidad. Etiqueta negra: bellota 100% ibéricos; etiqueta roja; casi el 100% ibérico; verde, cebo de campo ibérico; blanco, cebo ( desaparece el “recebo”);( los daltónicos estarán en desigualdad de garantías y por supuesto, nunca faltará el pícaro comerciante que al estilo del mago Tamariz intercambie etiquetas y colores a su favor).
- Que se regula el “libro genealógico” para acreditar la pureza racial ( o sea, podremos hablar de “cerdos con pedigree)
- También se reserva la calificación “pata negra”, a la del cerdo que pasta exclusivamente en la dehesa y se alimenta de sus “delicatessen”. Quizás eso nos permitirá hablar ahora en los tiempos que corren, mas allá de la tópica referencia a Catedráticos y Jueces “pata negra”, de una figura típicamente ibérica, la de los corruptos “pata negra”, o sea, que han vivido y siguen viviendo como cerdos opulento, y creo que no hace falta dar ejemplos.
3. Pero además me asombra que jamás pensé que algo tan solemne y oficial como el BOE publicase algo tan repulsivo como esto, y le reto a que intente leerlo lentamente y con imaginación: ” adulto sacrificado, sangrado y eviscerado, entero o partido longitudinalmente por la mitad, sin lengua, cerdas, órganos genitales, manteca, riñones ni diafragma”.
4. Cosas veredes, amigo Sancho. Y ya que hablo de Sancho, nada mejor que traer a colación su opinión sobre cuestiones gastronómicas pero que demuestra, mutatis mutandi, lo que opina el español castizo de los reglamentos:
“…mucho mejor me sabe lo que como en mi rincón sin melindres ni respetos aunque sea pan y cebolla, que los gallipavos de otras mesas, donde me sea forzoso mascar despacio, beber poco, limpiarme a menudo, no estornudar ni toser si me viene en gana, ni hacer otras cosas que la soledad y la libertad traen consigo…” (Cap. 9, I parte, El Quijote)
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