jueves, 16 de abril de 2015

ANONADADO ANTE LA NOVEDOSA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL

Me asomo al BOE (17/3/15) y leo la publicación de la Orden HAP/444/2015 de 13 de marzo, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y se regula su composición y funciones.
A primera vista y todavía con la calma propia del recién levantado burlonamente pensé “ Una Comisión de Administración Digital”…¡ Lo que hacía falta! ¡¡ Una Comisión para los nombramientos “digitales”!!.
Sin embargo, me adentré a leerla y confieso que en mis nueve trienios en la Administración jamás leí reglamento mas plúmbeo, retorcido, ambicioso y fantasioso.
Lamento este comentario de urgencia pero no podía soportar aquello de “el órgano crea la función” como no puedo soportar que el Boletín Oficial se convierta en papelera de ocurrencias, puesto que tengo la certeza de que la misma utilidad se puede hacer de forma mas sencilla y útil, y no hacer un ornitorrinco con papiroflexia normativa. Veamos.

 1. Por supuesto que hace falta una Comisión de Administración Digital pero llama la atención estaensalada expresiva:
  • Hay tantos planes y funciones que los solapamientos, el corta y pega y el papeleo está servido ( es chocante, pues se suponía que una Comisión de Administración digital que se supone apuesta por lo virtual, tecnologías y celeridad).
  • Lo del cometido de “informar” proyectos de disposiciones e instrucciones que directa o indirectamente afecten a estas materias ( entre las 42 competencias restantes), está muy bien pero me temo que el diseño de su labor dejará obsoleta cualquier iniciativa que adopte en relación con aquéllos.¡ Ah! También informará las propuestas de contratación relacionadas con tecnologías de información y comunicaciones.
  • La redacción enloquecida. Véanse como atragantan las competencias de cada órgano; parece que han jugado al “Pasapalabra” para incorporar todas las ocurrencias de informar, coordinar, analizar, planificar, estudiar, impulsar, establecer, recabar, remitir, promover, proponer, asesorar… Y después de cada verbo imperativo un sinfín de planes, programas, informes,etc. Y por supuesto frases coordinadas y subordinadas en febril aquelarre…
  • La catarata de órganos y organillos es inmensa ( Plenos, permanentes, Comisiones Técnicas, Ponencias Técnicas, Grupos de Trabajo..)

2. La Comisión Permanente que, curiosamente asumirá todas las funciones del Pleno salvo las que este se reserve, está formada por 17 miembros y un Presidente, con procedencia tan diversa que recuerda la asistencia a un banquete de boda de un primo lejano.
Eso sí, admito que hay un hallazgo curioso sobre su funcionamiento, que no requiere comentario, pero que subliminalmente reconoce que las ausencias serán tremendas y la Comisión Permanente será “virtual” de veras; dice el art.5.3: “Como criterio general, la Comisión Permanente se reunirá, al menos, una vez al mes y las sesiones se celebrarán de forma presencial. No obstante, cuando la índole de los asuntos a tratar lo permita, podrán convocarse reuniones virtuales extraordinarias, de carácter no presencial,entendiéndose en tal caso aprobados los asuntos incluidos en el orden del día de la reunión si, en el plazo establecido en la convocatoria, no se formulan observaciones o si las observaciones formuladas son aceptadas, por unanimidad, por los miembros de la Comisión Permanente.”. El silencio administrativo positivo de quienes son invisibles por no asistir al órgano. Curioso, aunque práctico.

 3. Y no digamos, entre muchísimos otros ejemplos, quien le pone el cascabel al gato de esta competencia, de las muchas de la Comisión Permanente: “De modo particular, la Comisión Permanente aprobará los criterios para la elaboración del Plan de acción, sobre la base de las directrices estratégicas y los criterios establecidos por la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, atendiendo a la Estrategia TIC de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, aprobada por el Consejo de Ministros”. Ni me imagino por donde empezar, pues como las muñecas rusas para avanzar habrá tomar en cuenta otra iniciativa que posiblemente “ni está ni se la espera”: criterios propios+ Plan de Acción+ Directrices estratégicas+ Criterios de la Dirección General+ Estrategia aprobada Consejo Ministros…

 4. En definitiva,  llevó a decir Joaquín Sanchez de Toca, el que fuere ministro con Alfonso XIII, a su secretario en el siglo XIX: “Creo que este reglamento está ya lo suficientemente oscuro como para que lo enviemos al boletín”. Pues me parece que en este caso ya tenía méritos para publicarse.
Se ve que la senda ” a ninguna parte” abierta por el reciente Manual de Simplificación Administrativa que ya comenté, continua por estos insólitos derroteros. Me temo que se mantiene la tendencia de buscar “coartadas jurídicas” para poder ofrecer cualquier medida bajo el barniz de la legitimidad de un sesudo estudio, un gran debate y una planificación rigurosa. Pero solo barniz.
Creo que junto al Derecho Administrativo y la Ciencia de la Administración, se abre paso otra disciplina:Papiroflexia burocrática

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