martes, 1 de febrero de 2011

Endeudamiento de las administraciones

El Tribunal Constitucional de Renania del Norte- Westfalia, con sede en la ciudad alemana de Münster, acaba de dictar una sentencia importante que afecta a un asunto que está de la más estricta actualidad en todos los países europeos y, desde luego, en España. Se trata del endeudamiento de las Administraciones públicas que deciden los responsables políticos con peligrosa discrecionalidad. Bien cerca tenemos los ejemplos en nuestras Corporaciones locales, en las Comunidades autónomas y, por supuesto, en el propio Estado. “Tirar con la pólvora del rey” es una tentación demasiado fuerte para quien tiene la vista puesta en la próximas elecciones y no parece ser freno para sus alegrías el efecto que sus decisiones puedan tener para sus sucesores y para las generaciones futuras. Es verdad que la gestión pública no es la gestión de una familia pero tampoco puede ser justamente lo contrario. Y lo contrario se da cuando se gasta con manifiesta distancia de lo que se ingresa.
Por eso, en un pronunciamiento bien notable, el Tribunal citado ha suspendido cautelarmente la ejecución de lo que podríamos llamar un presupuesto extraordinario que el Parlamento del Land había aprobado. Los partidos de la oposición acudieron a la justicia para impugnar los números aprobados por la coalición gobernante obteniendo este resonante éxito que, adviértase, se ha materializado -de momento- en una medida cautelar potentísima. En tres meses el Tribunal decidirá el asunto de fondo (no en varios años, como ocurre en otros pagos).
El Tribunal quiere, con su decisión, evitar “hechos consumados” y ante el argumento de que, con ello, un órgano judicial se inmiscuye en la “esfera de libre conformación” que es propia de la política, limitándola, el juez señala que, sin embargo, se evita el peligro de que sea el político de hoy quien, manejando la discrecionalidad, condicione esa “esfera de libre conformación” del político de mañana. Es una victoria de la “justicia entre generaciones”. 
Anótese también que el ministro responsable se ha apresurado a manifestar que va a cumplir escrupulosamente la orden del Tribunal. No ha dicho que sea un ataque a la identidad del Land ni que una conspiración política se ha fraguado en el seno del Tribunal, declaraciones que también se oyen en otros pagos. 
Todo ello no es enteramente nuevo en los tribunales alemanes. En aquél país son frecuentes las impugnaciones presupuestarias y no han sido escasas las veces en que los jueces han dictado sentencias gravemente admonitorias y han recordado la vigencia del principio de equilibrio presupuestario con respeto de las excepciones que surjan o vengan impuestas por circunstancias imprevistas o urgentes. Se recuerda ahora que el Tribunal Constitucional del Land de Berlin (no el federal que tiene su sede en la ciudad de Karlsruhe), en octubre de 2003, también declaró el presupuesto del año anterior “nulo de pleno derecho”.  Y algo parecido ocurrió en el Land de Mecklenburgo - Antepomerania en el año 2005.
Pero no es menos cierto que los gobiernos -de todos los colores políticos- han encontrado sendas para sortear el rigor de los pronunciamientos judiciales. La aplicación de la justicia cautelar en el caso de la sentencia del Tribunal de Renania del Norte - Westfalia es la que presta a esta decisión mayor contundencia.
Un asunto este que es forzoso unir a otro del máximo interés para las entidades locales españolas. Ese mismo Tribunal constitucional ha declarado contraria a la Constitución la práctica de trasladar a los Ayuntamientos alemanes cargas económicas a través de leyes (en sectores sociales, educativos etc) que no prevean la correspondiente dotación financiera.
Como en los novelones por entregas del siglo XIX, tengo que acabar diciendo “continuará".
Francisco Sosa Wagner 

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