viernes, 29 de agosto de 2014

El Estado se desprende de sus propiedades

Dice Montoro que estamos ante el círculo virtuoso de la economía española. Crecen las exportaciones, el paro cae, aumenta la recaudación impositiva y, sin embargo, el Estado sigue buscando dinero de debajo de las piedras para conseguir cuadrar las cuentas.
El próximo objetivo que se ha fijado el Ejecutivo es lograr efectivo desprendiéndose de inmuebles. Y para ello quiere llevar a cabo una primera subasta pública que se enmarca en el Programa para la Puesta en Valor de los Activos Inmobiliarios del Estado.
Se llevará a cabo el próximo 1 de octubre, y en ella habrá todo tipo de inmuebles pertenecientes a las distintas áreas de la Administración Central. Según el plan de Hacienda, ahora mismo hay disponibles 4.832 fincas rústicas, 126 oficinas, 382 solares, 18 participaciones indivisas en solares, 1.869 viviendas, 61 edificios de viviendas, 800 locales comerciales, 19 edificios industriales, 16 garajes o trasteros, 98 edificios singulares y 3 inmuebles asistenciales.
En total hablamos de 15.135 inmuebles, que se van a ir poniendo a la venta de forma escalonada. Para la próxima subasta, entre otros, hay una planta en la calle Miguel Ángel de Madrid, y 19 plazas de garaje. Destaca también un edificio de más de 3.000 metros cuadrados en la calle Barquillo de Madrid, que actualmente está vacío. También se pondrán en subasta varias viviendas de lujo en Cea Bermúdez, 46.
Todos estos inmuebles se podrán visitar antes del 29 de septiembre. Las pujas serán siempre al alza y deberán mejorar a la anteriormente anterior en, al menos, 2.000 euros.

jueves, 28 de agosto de 2014

Elección de alcaldes

Como el “eterno retorno” de la filosofía clásica vuelve el asunto de la elección de los alcaldes a la actualidad española. Para iluminar este debate acaso sea de interés conocer el sistema que a tal efecto está vigente en Alemania.
En este país se ha impuesto, desde la última década del siglo XX, la elección directa de los alcaldes. Los Länder de Baden-Württemberg, Baviera y Hessen fueron los adelantados de una opción que, después, han seguido los demás territorios del país.
Aunque hay diferencias entre los distintos territorios federados (en Alemania no existe una legislación local federal), este cambio relativo al modo de elegir a los primeros ediles, unido a una expansión acusada del referéndum para resolver asuntos locales, ha supuesto una renovación en los usos políticos y ha conducido a un parcial quebrantamiento del monopolio ejercido por los partidos a la hora de imponer sus propias opciones y sus candidatos. Tal alteración de las reglas tradicionales ha tenido una consecuencia: la recuperación, por parte de la ciudadanía, de espacios libres del influjo partidario.
Significativo es a este respecto el citado Land de Baden-Württemberg donde casi un 50% de los alcaldes no son afiliados de partido político alguno, sobre todo en municipios pequeños en los que no se necesita una organización sólida para conducir el proceso electoral. Además, es curioso que el resto de los alcaldes adopte una actitud de clara distancia respecto a sus propias formaciones, precisamente para reforzar su credibilidad: incluso se llega a ocultar la militancia partidaria en los carteles publicitarios. En este Land -heredero de un viejo reino y de un gran ducado- se han creado muchas asociaciones de electores libres que, en conjunto, se han visto remuneradas con el 42,7% de los mandatos obtenidos en las asambleas municipales, incluso de ciudades de unos 80.000 habitantes. También en Baviera -y en algunos otros Länder-, el número de alcaldes independientes ha adquirido enorme fuerza.
La resistencia a estas transformaciones siempre ha procedido de los políticos tradicionales, que han tratado de retener o recuperar los hilos de los comicios locales, uno más de los palillos que componen el conjunto del sistema político federal.
En Hessen, cuando se introdujo la elección directa, los candidatos eran personas activas en el municipio y en él gozaban ya de suficiente reconocimiento. Lo mismo puede decirse de Baviera. Sin embargo, en otros Länder, muchas veces los candidatos proceden de fuera del municipio, ya que se considera un mérito carecer de amigos -y de enemigos- en el territorio, lo que acrecienta la imparcialidad y garantiza su futura objetividad.
Con todo, es fundamental que el candidato ofrezca una imagen de cercanía al ciudadano, una absoluta predisposición a estar abierto a sus demandas y a escuchar con paciencia sus quejas, especialmente en los municipios pequeños y medianos. Por ello, durante la campaña hay mítines y otros actos políticos clásicos, pero, además, es indispensable organizar muchos encuentros directos con los votantes en los que éstos tienen ocasión de expresarse y debatir con los candidatos. En zonas rurales y en los barrios o suburbios se suele utilizar la tarde del sábado para estos fines o incluso la mañana de los domingos, tanto en espacios escogidos para ello como en aquéllos donde usualmente los ciudadanos se concentran o, simplemente, están -por ejemplo, en los jardines de sus casas cuando el tiempo es propicio-, lugares todos ellos por los que el candidato ha de pasar o debe visitar.
En la actualidad, se utilizan, junto a estas formas de presencia y contacto físico, las nuevas técnicas, páginas web y blogs, muy útiles en las grandes aglomeraciones urbanas, pero también otras más clásicas como el teléfono. Así, por ejemplo, se selecciona por los organizadores de las campañas un asunto concreto -guarderías, transportes, parques, escuela, etcétera-, y, después, se solicitan llamadas de los electores a los que cada candidato atiende personalmente. Es importante, en todas estas formas de relación, contestar fundadamente, transmitir la impresión de que se conocen los asuntos y de que se dispone de una solución razonable y razonada. Si no es así, la estrategia destinada a asegurar la cercanía y el interés por los problemas de los ciudadanos se malogra. Campañas consistentes en simples ataques al adversario, sin ofrecer alternativas creíbles y lógicas, son muy mal vistas por los ciudadanos, que descalifican a los políticos que cultivan tales prácticas.
Asimismo, la formación profesional juega un papel relevante: la mayoría de elegidos por estos procedimientos en Baden-Württemberg son juristas o especialistas en Administración Pública, mientras que en otros Länder, como Hessen o Baviera, se advierte una mayor diversificación profesional o laboral.
Las posibilidades de ser reelegido son altas. En general, se interpreta como una humillación que un candidato que ocupa el puesto no sea confirmado en el cargo. En las ciudades pequeñas y medianas de un Land como Hessen, el 60% de los alcaldes que se presentan a la reelección, la ganan. La participación se suele situar en torno al 50-60% en las pequeñas poblaciones, bajando ligeramente en las grandes. En algunos territorios -tal es el caso de Brandenburgo-, la elección se considera nula si no acude a votar al menos el 15% de los electores.
Todo ello se inscribe en un modelo de gobierno municipal que, como he señalado al principio, es muy variado en Alemania, al menos en el uso de denominaciones tradicionales o propias, menos en la configuración de fondo. Desde hace años, se viene imponiendo lo que se conoce como “sistema del sur”, que atribuye las decisiones municipales a dos órganos: el pleno y el alcalde, elegidos por espacios temporales que fluctúan entre los cinco años para los plenos y ocho -a veces- para los regidores.
Resultan de especial interés los mecanismos abiertos de algunos Länder para la integración de los citados plenos municipales; por ejemplo, la libertad del elector para configurar una especie de menú que le permite librarse del que le ofrece un determinado partido político. Esto se logra gracias a diversas técnicas, entre las que destaca la posibilidad de votar a candidatos que figuran en distintas listas electorales (así ocurre en Baden-Württemberg y en otros ocho Länder).
De lo que se trata es, en definitiva, como subraya Herbert von Arnim, estudioso de estas cuestiones, de moderar el influjo de una clase política que agarrota las estructuras donde se forma la voluntad popular e impone su huella en las instituciones públicas más relevantes, incluso en aquellas erigidas para actuar precisamente con independencia y autonomía.
El derecho electoral alemán municipal ofrece muchas otras novedades. Bastan por hoy las ofrecidas. ¿Servirán para enriquecer el debate español?
 Francisco Sosa Wagner

martes, 26 de agosto de 2014

¿Por qué somos tan buenos en administración electrónica?

La plataforma de Intermediación de datos, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, obtuvo hace unos días un Premio de las Naciones Unidas 2014 a la Mejora de los Servicios Públicos, uno de los reconocimientos internacionales más prestigiosos a la excelencia en el sector público. Es la segunda vez que el Ministerio recibe este premio de la ONU, en reconocimiento a los avances en España de la Administración electrónica, que en esta ocasión ha sido recogido en Seúl por nuestros representantes diplomáticos en un acto al que han asistido delegaciones de 87 países.
La plataforma que este año ha conseguido el galardón automatiza el proceso por el que un ciudadano, al realizar un trámite con la Administración, no necesita aportar ni solicitar ningún certificado o documentación que ya obra en poder de cualquier Administración.
Es decir, si para un trámite, antes, necesitábamos por ejemplo solicitar y acompañar una fotocopia del DNI, un certificado de estudios o de empadronamiento, ahora, al estar estos documentos en poder de las administraciones públicas, no necesitamos ya solicitarlos ni acompañarlos al nuevo trámite que realizamos, sino que la plataforma de Intermediación de datos, de forma automática, se encarga de buscarlos y adjuntarlos en la tramitación, con el consiguiente ahorro económico y también de tiempo y desplazamientos.
Sólo en 2013, los accesos que ha registrado esta plataforma han sido de casi 30 millones y los ahorros obtenidos por su uso para ciudadanos y empresas superan los 152 millones de euros anuales. Los ahorros para la Administración se elevan a más de 3 millones de euros.
La ONU tiene establecido anualmente un “programa de Naciones Unidas de Premios al Servicio Público (UNPSA)”. El Premio de las Naciones Unidas a la Mejora del Servicio Público es otro reconocimiento internacional a la Administración electrónica española, y tiene como objetivo recompensar las contribuciones creativas de las instituciones públicas para mejorar la eficiencia.
El programa de la ONU tiene como meta descubrir nuevas innovaciones, elevar la imagen del servicio público, mejorar la confianza en las administraciones públicas y recopilar y compartir prácticas exitosas para su posible implantación en otros países. La plataforma de Intermediación de Datos, que optaba a la primera categoría “Mejorando la prestación de los servicios públicos”, a la que concurren iniciativas de países de todo el mundo, ha resultado ser uno de los proyectos galardonados.

lunes, 25 de agosto de 2014

Las entidades urbanísticas de conservación

El objeto de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas no es crear nueva ciudad como se venia haciendo hasta ahora sino rehabilitar los edificios y regenerar y renovar los tejidos urbanos existentes para asegurar a los ciudadanos una mejor calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, para ello se prevén actuaciones que pueden implicar o no la alteración de la ordenación urbanística vigente y en cuanto a las formas de ejecución de estas actuaciones se prevén todas las modalidades de gestión directa e indirecta admitidas por la legislación de régimen jurídico, de contratación de las Administraciones Públicas, de régimen local y de ordenación territorial y urbanística, en este sentido cuando la Administración resuelva ejecutar las obras podrá hacerlo de manera directa o mediante la convocatoria de un concurso público, en el que podrán presentar ofertas los propietarios del ámbito constituyéndose previamente en una asociación administrativa que se regirá por lo dispuesto en la legislación de ordenación territorial y urbanística, en relación con las Entidades Urbanísticas de Conservación.
Pero qué son las Entidades Urbanísticas de Conservación en cuanto a su concepto, antecedentes históricos, naturaleza jurídica y clases. En todo hombre debe suscitarse un deber individualizado de conservar y la palabra conservar que viene del latín “cum-servare”, etimológicamente significa “salvar en común” y mantener “una cosa en buen estado”.
Su antecedente remoto son las Asociaciones del Medievo en Francia, es decir las llamadas “Associations de Paix”, cuya traducción literal es “las Asociaciones de Paz”  que son verdaderas asociaciones para la defensa de un puente o defensa contra incendios, etc y las autoridades públicas ponían sus poderes de coerción al servicio de estas asociaciones. En cuanto a la naturaleza jurídica, una gran parte de la doctrina las considera como “Corporaciones de Derecho Público” e inclusola Entidad de Conservación que denominamos voluntaria, es una persona jurídica de carácter administrativo y de tipo asociativo (universitas personarum), que no es evidentemente una fundación (universitas rerum) por lo que se decide su calificación como corporación de base privada.
Y por otro lado, la consideración de la especialidad de los fines ha llevado a García de Enterría a añadir el calificativo de sectorial a esta Corporación de Derecho Público.
También hay una parte de la doctrina que las considera “Administración Institucional” por el hecho de que el fin de éstas venga determinado primeramente por el Ordenamiento jurídico y después por la decisión aprobatoria de sus Estatutos por parte de la correspondiente Administración Territorial que puede considerarse como su fundadora. Para Federico Romero Hernández son agentes descentralizados de la Administración ya que hacen declaraciones de voluntad las cuales son recurribles, art. 29 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por R.D. 3288/1978.
En cuanto a las clases de Entidades de Conservación, Federico Romero Hernández las clasifica del siguiente modo:
1.-Por el modo de constitución : por transformación o creadas “ex novo”.
2.-Atendiendo a la obligatoriedad de su origen : forzosas o voluntarias.
3.-Desde una perspectiva temporal: transitorias o permanentes
Atendiendo a esta clasificación las entidades urbanísticas de conservación previstas en la Ley8/2013, son creadas “ex novo”, voluntarias y en cuanto a la perspectiva temporal podrían ser tanto transitorias como permanentes.
Estas entidades tendrán personalidad jurídica propia y naturaleza administrativa y se regirán por sus estatutos y dependerán de la Administración urbanística actuante a quien compete la aprobación de sus estatutos con la particularidad de que a partir de ese momento adquirirán la personalidad jurídica. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple salvo que los estatutos prevean otra cosa y sus acuerdos pueden ser impugnados en recurso de alzada ante la Administración.
En cuanto a su perspectiva temporal la regla general será la disolución de estas entidades por el cumplimiento de los fines pero no hay obstáculo alguno que cuando se apruebe la actuación urbanística se prevea una duración permanente como transitoria pero en este último caso con un límite temporal definido según reiterada jurisprudencia.
En primer lugar se trata de una entidad urbanística de conservación creada por la voluntad de los propietarios de la actuación, en el que ha intervenido el “Pactum Associationis” y se trataría de una entidad de carácter transitorio llamada a integrarse definitivamente en la ciudad cuando el Ayuntamiento comprenda que lo ejecutado se ajusta al proyecto aprobado.
Pero no existe ningún obstáculo que estas entidades sean creadas con vocación de permanencia indefinida en el tiempo, llamas a perdurar en el tiempo por su misma forma de ser.
Estas asociaciones administrativas que se constituyen voluntariamente se rigen por la legislación de ordenación territorial y urbanística, es decir por el art. 24 y siguientes del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana.
Por último, quisiera hacer si se me permite la siguiente puntualización con la Disposición Transitoria Décima de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana, ley 6/94, de 15 de noviembre, desaparecieron en esta Comunidad las Entidades Urbanísticas de Conservación de las obras de urbanización, ya que se consideraba que la conservación de las obras públicas municipales es responsabilidad del Ayuntamiento y no de la iniciativa privada pero esta ley y dicho mandato fue derogado por  la Ley16/2005, de 30 de diciembre, dela Generalitat, Urbanística Valenciana, con lo cual podríamos decir que vuelven a permitirse las entidades urbanísticas de conservación de las obras de urbanización contempladas en el Reglamento de Gestión Urbanística.
Andrea Rosello

jueves, 7 de agosto de 2014

Reformas necesarias en las Administraciones Públicas

Que España ha recorrido un enorme camino hacia el progreso económico en las casi cuatro décadas de convivencia democrática es un hecho. Como muestra, un botón: entre 1977 y 2013, la renta per cápita real ha crecido un 70%. Y eso ha sido posible gracias a todos: trabajadores, empresarios y Administraciones Públicas. Sin embargo, y tras más de seis años de una profunda crisis, surgen dudas acerca de las fortalezas pasadas, insuficientes para crear otros 40 años de progreso.
Por eso, el ‘Barómetro de los Círculos’, un documento elaborado por el Círculo de Empresarios, el Círculo de Economía, y el Círculo de Empresarios Vascos, ofrece una serie de recomendaciones que contribuyan a un mejor funcionamientos de las administraciones. Son las siguientes:
-Es necesario garantizar el principio básico de seguridad jurídica mediante leyes más claras y estables.
-Debe mejorar la transparencia y predictibilidad de las decisiones públicas (tanto las administrativas como las judiciales). Para mejorar la calidad de las decisiones deben hacerlo, asimismo, los conocimientos técnicos de funcionarios y jueces.
-La carga fiscal no debe suponer una desventaja respecto a los principales competidores. Los tipos impositivos en la imposición directa deberían reducirse; se podría contemplar la reducción de deducciones y bonificaciones en el impuesto de sociedades, junto a la reducción de las cotizaciones sociales.
-La lucha contra el fraude se considera una prioridad. Por un lado, deben incrementarse los recursos para inspecciones de la Agencia Tributaria, agilizar los tiempos, endurecer y dar difusión a las sanciones (como ocurre en Noruega y Holanda), y proveer incentivos fiscales para aflorar actividad. Y por otro lado, adoptarse medidas que generalicen el pago por medios electrónicos, siguiendo la experiencia de los países nórdicos y de Corea.
-Promover una mejor relación y cooperación entre el contribuyente y la Administración Tributaria. Ésta tiene que mostrarse cooperadora con quienes cumplen con sus obligaciones, siguiendo la experiencia de Reino Unido y Bélgica.
-Acelerar la resolución de conflictos vía administrativa y judical, introduciendo mecanismos de resolución alternativa de litigios tributarios (arbitraje tributario o mediación) como en Reino Unido, Portugal y Bélgica.
-La gestión pública se debe mejorar introduciendo instrumentos similares a los disponibles en la privada como: pagos opcionales por servicios prestados en condiciones de calidad más favorables, por ejemplo, opciones de provisión de servicios urgentes; o reformular el modelo de contratación, despido y remuneración de los empleados públicos asimilándolo al sector privado, y equiparándolo al sector público de otros países de la Unión Europea como Reino Unido, Dinamarca y Suecia.

miércoles, 6 de agosto de 2014

La gestión documental en la Administración Pública favorece la transparencia

André Klein, consultor freelance para DocPath, ha elaborado un artículo en el que resalta cómo las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) constituyen elementos cotidianos, necesarios y reclamados en todos los ámbitos de nuestra vida. En el sector público, las TIC también permiten a las administraciones públicas (AA PP) gestionar con mayor calidad, eficacia y eficiencia los servicios y recursos públicos.
Cada vez son más las AA PP que se suman a la corriente de la implantación de un sistema de gestión documental para optimizar los procesos documentales tanto de sus empleados como de los ciudadanos, al permitirles operar telemáticamente con la Administración.
El sector público es un importante productor de información debido a que produce leyes, estadísticas, registros de población, información geográfica, meteorológica, cultural, histórica, política, científica, etc. Esta documentación es de gran utilidad para la propia Administración, pero también para el sector privado y para el ciudadano.

Mayor cercanía con los administrados gracias a un sistema de gestión documental

Pero, ¿qué debe ofrecer un sistema de gestión documental a las AA PP? Organización, control y seguimiento de los documentos. Este objetivo principal se puede detallar a su vez en:
  • Agilización de la tramitación administrativa.
  • Normalización de los documentos administrativos.
  • Organización de forma homogénea y eficaz de la documentación administrativa.
  • Establecimiento de políticas de conservación de documentos en soporte papel y electrónico.
Tras la implantación de un sistema de gestión documental en una Administración Pública, los principales beneficios son los siguientes:
  • Permite la creación de múltiples fondos documentales.
  • Posibilita versionar cada archivo, ya que mantiene un registro de auditoría detallado, que permite configurar la trazabilidad de los documentos.
  • Utiliza filtros basados en metadatos y/o contenidos, para la consulta y recuperación de los documentos.
  • Soporta una gran amplitud de formatos y permite la transformación de cualquier tipo de documento.
  • Facilita la interconexión con otros componentes de la infraestructura de la Administración Electrónica.
  • Es totalmente multiusuario con una gestión de permisos y roles.
  • Es transparente para el usuario.
En la Unión Europea (UE), tanto los ciudadanos como las empresas mantienen una fluida relación con las AA PP, tal y como pone de manifiesto el boletín “España y las TIC en la Unión Europea” realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2012, en el que se destaca que España se encuentra por encima de la media de la UE en cuanto al porcentaje de usuarios que interactuaron por Internet con las AA PP en 2011. Concretamente, el 54% de los españoles declaró haber obtenido información de las páginas web de la Administración frente al 48% de la UE; y el 36% de los españoles afirmó haber descargado formularios oficiales frente al 34% de los europeos.
Como cabe esperar, esta forma de relacionarse con la Administración continua creciendo progresivamente a medida que las AA PP incorporan innovadores sistemas de gestión documental que posibilitan nuevas maneras de administración y acceso a la información. De hecho, tal y como se destacó en el post “La situación de la factura electrónica en el año 2013” el objetivo de la Comisión es conseguir en Europa un predominio de la facturación electrónica para el 2020.

Desafíos de la implantación de un sistema de gestión documental

Uno de los retos a los que se enfrentan las AA PP a la hora de incorporar las TIC a su estructura no depende únicamente de las propias herramientas tecnológicas, sino que en el sector público la implantación debe ser tenida en cuenta desde un punto de vista integral: político, administrativo y cultural.
La burocracia está sobrecargada y no puede ser gestionada únicamente con las herramientas tradicionales. Un aspecto que hay que tener en cuenta, es que la implantación de un sistema de gestión documental supone un desarrollo simultáneo de nuevas formas de organización del trabajo y de la gestión. Es decir, es conveniente evitar la mecanización de las tareas administrativas sin realizar un exhaustivo análisis previo del flujo de la información en cada uno de los procesos. Si no se realizara este concienzudo estudio antes de la implantación de un sistema de gestión documental, lo más probable es que se potenciaran las características negativas de la Administración en la nueva estructura, por lo que se generaría un proceso de modernización superficial, que solo sustituiría procesos manuales por los automáticos.
Así, algunos de los aspectos a considerar antes de implantar un sistema de gestión documental en la Administración son los siguientes:
  • Modificación de la estructura organizativa.
  • Diseño de los procesos que afectarán a los nuevos instrumentos.
  • Racionalización y simplificación de las tareas administrativas.
  • Revisión de los circuitos de información y de decisión.
  • Capacitación e involucramiento del personal.
En resumen, la incorporación de las TIC requiere una planificación integrada, porque de lo contrario no produce más que puntuales mejoras e, incluso, puede desarticular procesos “manuales” eficientes. En este escenario, se deben aprovechar las ventajas del flujo de información digital para reducir gastos, así como mejorar los procesos y la calidad de los servicios. De esta manera, se posibilita la interacción electrónica con los ciudadanos, proveedores y funcionarios, para hacer más transparentes los procesos. De hecho, la transparencia en las AA PP es posible si los ciudadanos tienen garantizado el acceso a los documentos.

martes, 5 de agosto de 2014

La melancolía y la caída de la población

España se despuebla. Después de décadas de crecimiento continuo, perdemos población, algo que no ocurría desde que se disponen de estadísticas demográficas. Y este descenso es abrupto y cuantioso; en tan solo dos años, desde 2013 a 2014, la población ha descendido en más de 1.300.000 personas sin que ese flujo inverso parezca haberse detenido todavía. Desde los 46,8 millones estimados por el INE en 2012 se ha bajado hasta los 46,5 millones de 2014, una auténtica sangría sin precedentes que tendrá importantes repercusiones en nuestro futuro social y económico.
Pero vayamos por partes. ¿Cómo ha sido posible esta intensa disminución poblacional? Tres son las razones básicas que lo justifican. Por una parte, el retorno masivo de inmigrantes que llegaron a una España por aquel entonces próspera y que, tras la crisis, ya no puede ofrecerles el empleo que buscaban. En segundo lugar, por el incremento de los españoles que emigran en busca de posibilidades laborales que no encuentran en nuestro suelo y, en tercer lugar, por una caída de la natalidad. El cóctel está servido: menos inmigrantes, españoles que emigran y menos nacimientos se combinan con un efecto fatal. No es difícil adivinar las consecuencias: envejecimiento de la población, menor capacidad de consumo, menos demanda de vivienda, menos talento, algo más de vacío.
Entramos en el conocido círculo vicioso poblacional en el que la caída del número de habitantes es a su vez efecto y causa de la crisis. La pésima situación económica que hemos atravesado ha tenido como consecuencia la salida de cientos de miles de personas, que, al marcharse, ceban a su vez la crisis debido a la disminución del consumo que representan.  Paradójicamente, sin embargo, a corto plazo, pueden mejorar las estadísticas de empleo, ya que muchos de los que salen dejarán de figurar en los registros de demandantes de empleo, al tiempo que disminuye la población activa con respecto a la cual se estima el desempleo de la EPA, aunque esta mejora es aparente y estadística.
Las personas que salen son jóvenes, lo que agudiza el problema de nuestro envejecimiento estructural con sus sabidas consecuencias. Aunque el problema del despoblamiento ya era conocido en algunas regiones españolas, como Aragón o Castilla y León, no lo era en el conjunto de España. No se le esperaba y no estamos preparados para abordarlo. Es cierto que la población española está a niveles de 2010 y que por tanto no podemos hablar de una situación catastrófica pero no es menos cierto que la tendencia que aún perdura es de una gravedad sin paliativos. De mantenerse unos años más la disminución de población, las alarmas saltarían con estruendo cuando ya quizás fuera tarde para reaccionar. Resulta sorprendente el escaso debate que la noticia del INE ha generado en nuestra sociedad cuando se trata, sin duda alguna, de los hechos más relevantes que condicionarán nuestro futuro.
¿Tiene salida esta situación? Sin duda alguna sí, y pasa inequívocamente por la recuperación de la actividad económica y del empleo. Sólo así lograríamos invertir el saldo migratorio y las tasas de natalidad. Si no lo conseguimos, sólo nos quedará la triste melancolía de los pueblos envejecidos que añoran lo que pudieron haber sido pero que jamás consiguieron ser. Luchemos con todas nuestras energías para que esa melancolía jamás llegue a apoderarse de nosotros.
Manuel Pimentel

lunes, 4 de agosto de 2014

¡Vuelve la obra pública!

Poco a poco las aguas vuelven a su cauce, y aunque son muchas las voces que reclaman que no se vuelva al dispendio de dinero público, la licitación de obra pública vuelve a crecer. En concreto, en los cinco primeros meses del año las administraciones han multiplicado casi por dos –un 93%- los concursos de obra civil.
Son datos de SEOPAN, la patronal de grandes constructoras, que calcula que el volumen de inversión puesto en concurso ronda los 6.000 millones de euros. Muy lejos, de todos modos, de los 12.200 millones del año 2006, en pleno auge de la burbuja inmobiliaria.
El ministerio de Fomento el que más ha multiplicado su actividad. En concreto un 217% hasta los 3.000 millones, aunque en la parte baja está el de Agricultura, donde ha caído un 30%. Si miramos por administraciones, la Administración General aumenta un 140%, la Local un 74% y las Autonomías un 21%.
¿Qué tipo de obras son las más licitadas? La civil suma 3.596 millones, la edificación 840 millones. Dentro de la primera los transportes se llevan la palma, seguido de las obras hidráulidas, la urbanización y el medio ambiente.
Andalucía es la Comunidad que concentra el mayor importe de las licitaciones, con algo más de 1.000 millones, seguida de Cataluña y Extremadura. Por su parte, LA Rioja, Castilla y León, Castilla La Mancha y Cantabria registran descensos.

viernes, 1 de agosto de 2014

Jerga ininteligible, no inocente

A buen seguro que muchos de los lectores han recibido por mensaje telefónico el anuncio del Ministerio de Defensa –realmente una rectificación- en el que, con lenguaje propio no sé si de Cantinflas o de los Hermanos Marx, se inserta en el BOE del pasado 18 de junio, el ladrillo siguiente:
“Anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa por el que se hace pública la modificación del “Anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa por el que se hace pública la modificación del anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa por el que se hacen públicas las modificaciones de dos anuncios relativos a una misma licitación: El anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa por el que se convoca la licitación del acuerdo marco para el servicio de operador logístico para las Fuerzas Armadas en el Ministerio de Defensa y el anuncio de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa por el que se hace pública una modificación del anuncio de la Junta por el que se convoca la licitación para el acuerdo marco para el servicio de operador logístico para las Fuerzas Armadas en el Ministerio de Defensa”.
El galimatías administrativo es monumental. Pero lo peor no es la redacción, sino lo que, una vez más, encubre u oculta con tinta de calamar: un conjunto de modificaciones que no son meras rectificaciones de errores materiales o aritméticos; praxis odiosa sobre la que ya he escrito aquí en numerosas ocasiones. Concretamente, la parte dispositiva del “anuncio” –buen encasillamiento para pasar desapercibido- dice:
La Junta de Contratación del Ministerio de Defensa ha resuelto efectuar las siguientes modificaciones en el anuncio de modificación del anuncio de licitación de este expediente, publicado en el BOE n.º 19, de fecha 22 de enero de 2014.
1. En el punto A), donde dice “27/1/2014, a las 12:00 h.”, debe decir “9/7/2014, a las 12:00 h.”.
2. En el punto B), donde dice “6/2/2014, a las 12:00 h.”, debe decir “21/7/2014, a las 12:00 h.”.
3. En el punto C), donde dice “26/2/2014, a las 10:00 h.”, debe decir “4/8/2004, a las 10:00h.”.
En definitiva, los datos modificados son:
a) Se amplía el plazo de presentación de ofertas hasta el 21 de julio de 2014, a las 12:00 h.
b) Se cambia la fecha del acto público de apertura de ofertas económicas. Apertura de sobre n.º 2, al día 4 de agosto de 2014, a las 10:00 h.
Se recuerda que el lugar del acto público será la Subdirección General de Contratación del Ministerio de Defensa, C/ Arcipreste de Hita, n.º 5, 1.ª planta, Madrid, 28015.
c) Se amplía el plazo de obtención de pliegos, y para efectuar preguntas sobre la licitación, hasta el 9 de julio de 2014, a las 12:00 h”.
Si se observa, a mediados de junio se prorrogan plazos vencidos en enero o febrero, supuestamente para propiciar la presentación de (más) ofertas. No parece muy ortodoxo. Y más que lo que realmente es una alteración de un acto de trámite con tintes cualificados, como es la apertura de plicas de contratos del sector público para ampliar que empresas ausentes se hagan presentes en detrimento, si los había, de quienes ya habían concurrido en tiempo y forma, se haga por la puerta de atrás de un “anuncio de modificación” digno de ser escrutado por la Real Academia Española.
Recordemos, una vez más, lo que dice el Tribunal Supremo de forma constante: No puede la Administración, so pretexto de su potestad rectificatoria de oficio, encubrir una auténtica revisión, porque ello entrañaría un «fraus legis» constitutivo de desviación de poder.
Habría, en puridad jurídica, que distinguir entre lo que es un anuncio de licitación de un contrato que, lógicamente, su lugar de inserción es la sección de Anuncios del diario oficial de turno y lo que es modificar –sí- las reglas temporales de juego de los potenciales oferentes, que no debiera llevarse, por larga que sea la praxis al respecto, a lugar tan poco vistoso y visible del boletín.
Es curioso que al lenguaje militar siempre se le atribuyó el carácter de lacónico: breve, conciso, eficiente. El Ministerio de Defensa, a través de este anuncio de contra-anuncio parece mofarse de esa identificación tradicional, tan digna de elogio.
 Leopoldo Tolivar Alas