viernes, 29 de abril de 2011

¿Cómo el Plan Bolonia afecta a los Masters en PRL?

Según lo establecido en la disposición transitoria tercera del Reglamento de los Servicios de Prevención, se ha producido el traspaso de competencias de la formación de los Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales de la Autoridad Laboral a la Universidad.
Este nuevo título tiene como principales ventajas:
• Poseer una Titulación Universitaria Oficial de Posgrado del Ministerio de Educación.
• Tener un título reconocido a nivel europeo ya que los Masteres cumplen con todos los requisitos del Plan Bolonia.
• Acceder al Doctorado en Prevención de Riesgos Laborales directamente, sin necesidad de realizar los cursos de doctorando que se realizaban antiguamente.
• Para los titulados medios (Ingenieros técnicos o diplomados) supone acceder a una titulación superior universitaria, equiparable académicamente a una Licenciatura.
Hay que tener en cuenta que aunque la Disposición adicional primera. Del RD337/2010 por el que se modifica el reglamento de Prevención sobre la Validez de certificaciones conforme al sistema de acreditación de la formación por el sistema anterior a la entrada en vigor del real decreto. Establece que los técnicos cuya formación en materia de prevención de riesgos laborales hubiese sido acreditada sin efectos académicos mediante certificación, expedida al amparo de la disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, obtenida antes de la entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir desempeñando las funciones referidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997.
No obstante, no sabemos que pueda ocurrir en un futuro con relación a nuevos Decretos que regulen esta materia
Son varias las Universidades que están ofreciendo los Masteres Oficiales Universitarios en Prevención de Riesgos Laborales conforme al Plan Bolonia con 60 ECTS.
Otro aspecto que es muy importante es que el Master Universitario debe ser oficial, ya que no son validos los títulos propios de las Universidades.
Igualmente, algunas Universidades como San Pablo CEU, abren la posibilidad de que aquellos alumnos que tengan realizado el antiguo Master Prevención Riesgos Laborales autorizado por la Autoridad Laboral) puedan solicitar la posibilidad de convalidar sus titulaciones por la Universitaria; de esta forma un Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales con las tres especialidades, puede convalidar 45 de los 60 créditos ECTS. Por lo que, con un pequeño esfuerzo, obtendremos una titulación con todas las ventajas anteriormente mencionadas.Como todos sabéis CSIF ha formado a varias promociones de Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales, bien formados directamente como CSIF o a través de empresas acreditadas como Serpresur, S.A.
Han sido numerosas las consultas por parte de los afiliados y simpatizantes que se formaron en prevención de riesgos laborales con CSIF en el sentido de poder optar a la convalidación de ese titulo no oficial con alguna universidad. Debido sobre todo a que la formación que recibieron al no tener efectos académicos no puntúa ni en bolsa de trabajo ni en concursos oposición. Por lo tanto no cabe duda de que estarán en inferioridad de condiciones con respecto a los titulados que posean un Master Universitario Oficial tanto en los baremos para bolsa de trabajo como a la hora de acceder a una plaza mediante un concurso oposición. Por ello CSI-F esta en negociaciones con varias Universidad para alcanzar un acuerdo para ofrecer estos Master en mejores condiciones que las que actualmente existen en el mercado. Si estés interesado en recibir información al respecto puedes dirigirte al correo saludlaboral70@csif.es

jueves, 28 de abril de 2011

Los españoles no piden la baja al sufrir un accidente laboral por miedo a perder el empleo.

Durante el 2010 murieron 737 personas en accidente laboral. Esta cifra se desgrana aún más y reafirma que cada día, dos personas mueren en su puesto de trabajo y se declaran 2.133 siniestros laborales con baja. Según el Ministerio de Trabajo, durante el año pasado se produjeron 1,4 millones accidentes de trabajo. Pese a que los datos de 2010 son muy elevados, suponen, a la vez, una reducción del 10% respecto al ejercicio anterior. Aunque también es verdad que la población activa ha disminuido. Los sindicatos son críticos y luchan por erradicar todo lo posible los accidentes laborales. Y es que los accidentes que causan baja son cada vez menores (627.876, un 7,9% menos que en 2009), pero sí aumentan los que no generan baja (778.653, un 0,5% más que el año anterior). Según los sindicatos esta situación es fruto del miedo de los trabajadores a perder el empleo. Seguramente la crisis económica hace que empleados que en condiciones normales estarían de baja, con este contexto económico renuncian a este derecho y acuden al trabajo sin estar en condiciones de hacerlo.
Fuente de Datos: Equipos&Talento.com

martes, 26 de abril de 2011

EL SINDICATO MAS VOTADO


Csi-f ha sido el sindicato mas votado en esta elecciones sindicales. Por sectores, en los laborales Ugt ha obtenido 4 votos mas que el Csif y en funcionarios se ha convertido en la fuerza mas votada. En este colectivo le siguen, por este orden, UGT, SPPM, y CCOO.

Damos públicamente la enhorabuena a todos los sindicatos y a todos los representantes elegidos, aunque la mayor de nuestras felicitaciones irá siempre a todos los trabajadores y trabajadoras que han participado en estas elecciones sindicales (83% de participación).

Es ahora el momento de cumplir nuestros compromisos,
porque así lo habéis elegido.
                        GRACIAS POR VUESTRA CONFIANZA

lunes, 25 de abril de 2011

Los ciudadanos y empresas ya pueden solicitar los préstamos Avanza2 para equipamiento y conexión de banda ancha

La línea se instrumentaliza mediante convenios de colaboración entre el ICO y las entidades de crédito, para que éstas concedan créditos preferenciales para la adquisición de equipamiento y conexión a Internet de banda ancha, con el fin de impulsar el uso de las tecnologías de la información en el entorno familiar y empresarial.
Con una dotación inicial de 200 millones de euros, la nueva línea estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2015 (o hasta el agotamiento de los fondos disponibles). Los préstamos no superarán el 100% de la inversión elegible, a un tipo de interés preferencial basado en el Euribor a doce meses vigente en el momento de la solicitud del préstamo, sin comisiones de operación o garantías hipotecarias o dinerarias.
Tipos de préstamos
Al igual que la línea anterior, ICO-Plan Avanza2 ofrecerá préstamos para la adquisición de equipamiento informático y conectividad a Internet y se materializará en tres productos distintos, Préstamo TIC, Préstamo Jóvenes y Universitarios y Préstamo Ciudadanía Digital. En todos los casos, los beneficiarios de los créditos deberán disponer de conexión a Internet de banda ancha o contratar un alta nueva en este servicio.
Préstamo TIC
El préstamo TIC tiene como objetivo financiar a las pequeñas y medianas empresas, autónomos y asociaciones de empresas, inversiones en actuaciones de incorporación de las TIC a sus procesos de negocio. Se financiará hasta el 100% de la inversión con un máximo de 200.000 euros por cliente y año natural. El plazo de devolución es de 36 meses con posibilidad de tres de carencia.
Préstamo Jóvenes y Universitarios
Su objetivo es financiar a jóvenes (de 18 a 35 años) y a estudiantes matriculados en centros españoles de estudios universitarios la adquisición de equipamiento informático y conexión a Internet de banda ancha. Se financiará hasta el 100% de la inversión con un máximo de 3.000 euros por cliente y año natural y un plazo de devolución de 60 meses.
Préstamo Ciudadanía Digital
Este tercer producto tiene como objetivo financiar a los ciudadanos en general la adquisición de equipamiento informático y conexión a Internet de banda ancha. Se financiará hasta el 100% de la inversión con un máximo de 3.000 euros por cliente y año natural. El plazo de devolución es de 36 meses con posibilidad de tres de carencia.
Fácil gestión de los préstamos
Esta línea de financiación destaca por la proximidad y agilidad en la gestión de los préstamos. Sus beneficiarios pueden gestionar la totalidad de los trámites de la solicitud en cualquiera de las sucursales de las entidades de crédito adheridas a la línea, con un tiempo de respuesta rápido y efectivo.
Además, la proximidad se consigue gracias a la gran capilaridad y penetración territorial de la red de oficinas de las entidades de crédito en todo el territorio nacional, impulsando de este modo el uso de las tecnologías de la información con indenpendencia del lugar de residencia o trabajo.
Balance de los Préstamos Avanza
La línea de financiación ICO-Plan Avanza ha tenido un impacto muy positivo, con una amplia demanda por parte de empresas, profesionales y ciudadanos. En el período 2006-2010, el número de préstamos concedidos a ciudadanos y empresas se elevó a 431.112, por un importe global de más de 2.178 millones de euros. Los préstamos dirigidos a ciudadanos (Ciudadanía Digital y Jóvenes y Universitarios) se situaron en 279.078 y sumaron un importe total de más de 332 millones de euros. En cuando a los préstamos para empresas (Préstamo TIC), se elevaron a 152.034, con un montante global superior a los 1.846 millones de euros.
Dónde solicitar los préstamos
Los interesados pueden solicitar los préstamos en las entidades financieras adheridas a la línea. El listado de estas entidades de crédito puede consultarse en la web del ICO.
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/
Condiciones Tipos de interés Dónde solicitar Preguntas Frecuentes
Además, los interesados pueden obtener más información sobre los préstamos en www.mityc.gob.es y www.planavanza.es y en los teléfonos 901 200 901 (atención telefónica del Ministerio de Industria) y 900 121 121 (atención telefónica del ICO).

miércoles, 20 de abril de 2011

De declaraciones ambientales y contradicciones urbanísticas

La Asamblea de la Comunidad autónoma de Extremadura acaba de modificar su legislación urbanística mediante la Ley de 29 de marzo de 2011. Una reforma que se ha tramitado con agilidad. Los periódicos dieron noticia durante el mes de marzo de la propuesta del Consejo de Gobierno, del informe del Consejo Consultivo y de la unánime aprobación por los dos partidos con representación en la Asamblea.  Podría pensarse que esa presteza estaba facilitada por tratarse de un escueto cambio en un sólo precepto. En concreto, una frase que afecta al régimen del suelo no urbanizable, además de añadir una disposición para facilitar la homologación de instrumentos de planeamiento a la reforma.  Pero detrás de esta aparente minucia se oculta un problema bien colosal y conflictivo.La nueva redacción permite que los suelos no urbanizables incluidos en la Red ecológica natura 2000 puedan ser objeto de transformación urbanística. Es decir, que a pesar de contar con declaraciones específicas de protección ambiental, se admiten proyectos urbanizadores y grandes transformaciones de esos terrenos protegidos. Una cierta contradicción cuya causa la propia ley no oculta en su exposición de motivos: modificar criterios jurisprudenciales. Y es que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura había declarado nulo un Decreto del Gobierno autonómico que pretendía (y ahora hay que coger aliento) la “ordenación del uso extensivo de suelos no urbanizables para actividades turísticas y fomento de actuaciones para la atención de personas mayores en ciudades mixtas” (sentencias de 27 de febrero de 2009 y 19 de enero de 2011). Tan largo y rimbombante título autorizaba un proyecto de urbanización en un suelo especialmente protegido, como es el entorno del embalse de Valdecañas, un humedal que ha recibido varios títulos singulares como la declaración de zona de especial protección para las aves o su inclusión en la Red natura 2000. Pues bien, en ese entorno paisajístico se quiere desarrollar un gran complejo turístico integrado por, al menos, dos grandes hoteles, unas 200 villas de lujo, un campo de golf y un puerto deportivo.
No es el primer caso en el que Asambleas legislativas autonómicas tratan de eludir la ejecución de sentencias y acoger grandes urbanizaciones en suelo protegido. Otro ejemplo se ha vivido en Castilla y León donde de forma directa, mediante una “ley”, se aprobó un proyecto urbanístico: “la ciudad del medio ambiente” de los municipios de Garray y Soria (Ley 6/2007, de 28 de marzo). En su momento critiqué estos graves desórdenes normativos (Once tesis y una premática para salvar la dignidad de la Ley” en la Revista de Administración Pública, núm. 177). Ahora quiero llamar la atención sobre las profundas y constantes contradicciones que se suceden. Primero, proliferan múltiples declaraciones ambientales con la circunstancia agravante de que son bien diversas y variadas las denominaciones de parques, reservas, sitios, refugios, paisajes, lugares, zonas y áreas naturales; para, a continuación, olvidarse del necesario cuidado ambiental y promover grandes complejos y urbanizaciones.
Comprendo la inquietud en los pueblos pequeños que se ven morir y la necesidad de encontrar una fuente de recursos. Mucho me preocupa el abandono del campo. Pero hay que saber que también en la protección de esos espacios se encuentran manantiales de actividades económicas no tan agresivas como los grandes complejos urbanizados. Se mata “la gallina de los huevos de cemento”, como escribió el maestro Ramón Martín Mateo. Y, sobre todo, ¿no se advierte cómo se desprestigian las instituciones, las Asambleas legislativas y los Consejos consultivos al malear los instrumentos jurídicos con tantas declaraciones y mayores contradicciones?
Mercedes Fuertes López

martes, 19 de abril de 2011

Diez años sin mili

Hace unos días los periódicos informaron que se celebraba el décimo aniversario de la supresión de la mili obligatoria. Alborozo general de todo el espectro político ante tamaño logro del estado desarrollado, tamaño estado de bienestar. Somos un pueblo libre, así que nadie nos puede obligar a hacer algo que no queremos. Somos un pueblo del primer mundo, así que tenemos recursos para pagar a un ejército profesional e hiperpreparado. Pero ¿qué es eso de perder un año de la vida en tonterías?Fui el primero en denostar aquella mili obligatoria, cuando me tocó, que nos hacía perder más de un año de nuestra vida en asuntos inútiles pasando calor, frío y ejecutando órdenes estúpidas muchas veces.
Sin embargo, el paso de los años me ha hecho reconsiderar de alguna manera la situación. En modo alguno estoy a favor de volver a aquellos tiempos del trescuartos, el cetme y la imaginaria. Lo que me ha hecho pensar ha sido la idea de si del servicio militar obligatorio en realidad no tenía algunos aspectos positivos. Y algunos los tenía, sin duda. Veamos, abramos la polémica. Ideas positivas:
Uno. La idea de hacer algo por los demás gratis et amore durante un tiempo. ¿No sería realmente interesante que todos tuviéramos interiorizada como pueblo y como individuos  la ineludible necesidad de hacer algo por los otros durante una temporada?
Dos. La idea de que formamos parte de una misma comunidad, que existe algo que nos une a todos y me refiero a todo el país de norte a sur y este a oeste. Ya hemos comentado este aspecto en algunas ocasiones aunque no desde esta perspectiva. Creo que sería importante establecer lazos comunes para todos los territorios. Una amiga me decía el otro día que en geografía (cono le llaman) ahora ya no se estudian los ríos españoles, se estudian los ríos de tu Comunidad y las acequias de tu pueblo lo cual es localismo y paletismo puro. Es evidente el daño que se ha hecho en este sentido, tanto desde las Autonomías por campar a sus anchas, como por el estado al renunciar a controlar un mínimo sistema educativo coherente y común. Fiebre por resaltar lo diferente, estudiar lo que se considera propio para, en realidad, considerarse distinto, y, por supuesto, mejor que otros, peligrosa idea llevada a cabo planificada, perversa y subliminalmente. El necesario proceso psicológico de singularización adolescente elevado a lo sociológicamente patológico.
Tres. La idea de lo conveniente que puede ser inculcar cierta disciplina, necesaria para toda actividad productiva y creativa. Ya se sabe, si viene la musa, que nos pille trabajando, decía Picasso. Disciplina que sirve para mejorar la calidad de lo que hacemos.
Cuatro. La idea de que en ocasiones es necesario saber superar las frustraciones. Nos hemos acostumbrado probablemente demasiado a que todo salga enseguida bien sin tener presente la idea de que para conseguir un éxito hay que tener cien fracasos.
Por supuesto que la idea que propongo es que todos (y todas) estuviésemos obligados a  hacer algo por los demás durante el tiempo que se fijase: seis meses, tres, un mes, quince días, hacer algo que sea útil, por supuesto. Una vez en la vida o de vez en cuando. Enseñar castellano a inmigrantes, ayudar a discapacitados en sus desplazamientos a clase, acompañar a ancianos, alfabetizar digitalmente a personas sin recursos, escuchar a enfermos… muchísimas cosas. Y por supuesto quien lo prefiera, ayudar en el ejército.
En el caso de la mili me pongo la venda antes de que se produzca la herida: muchísimos países mantienen el servicio militar obligatorio y no son en modo alguno menos democráticos que nosotros. Y la polémica guerra-pacifismo, deberíamos tratarla con argumentos.
El otro día discutía con un amigo. Él defendía a toda costa un  pacifismo puro y un no rotundo a la guerra en cualquier caso y le planteé esta disyuntiva: imagina que vives en el campo y un par de delincuentes asaltan su casa. Sabes que van a matar a tus hijos. Sin embargo tienes un kalashnikov que sabes manejar y cargado. ¿Qué harías…? ¿qué harías en el caso de que se tratase de un amigo? Es en situaciones hipotéticamente reales de este tipo en las que uno se debe plantear qué haría ante una situación extrema. Pagar impuestos para que te defiendan. Y si no lo hacen, defenderte tú como puedas.
Ignacio Pérez Sarrión

lunes, 18 de abril de 2011

CSI-F COMIENZA LA RONDA DE CONVERSACIONES CON GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL CONGRESO

El 13 de abril, ha comenzado nuestro Presidente Nacional la ronda de conversaciones con los grupos parlamentarios del Congreso, ante el inicio del trámite parlamentario del proyecto de ley de reforma del Régimen General de la Seguridad Social .
Ha iniciado esta ronda de conversaciones con el grupo Popular, representado por D. Tomás Burgos , diputado y portavoz del PP en la Comisión del Pacto de Toledo y D. Miguel Barrachina responsable en el Congreso de Administración Pública
Les hemos transmitido nuestra preocupación por el proyecto de ley que vuelve a cargar contra los que no tenemos ninguna culpa de la crisis y que nos están abocando a un futuro ciertamente nefasto. En grandes líneas les hemos transmitido nuestras posiciones:
1.- Mantener la edad legal de jubilación en los 65 años .
2.- Dar importancia real a la “duración de la vida laboral del trabajador” . Valorando número de años trabajados. Estableciendo que alcanzado, por ejemplo 38,5 años de cotización (ya que esta es la cifra que mercadearon los sindicatos de clase con el Gobierno) el trabajador se pueda jubilar con el 100% independientemente de su edad.
3.- Proponemos eliminar de la seguridad social todos los gastos que no sean financiar las pensiones contributivas , lo que implicaría que las pensiones no contributivas y los gastos de gestión de la seguridad social, deberían de financiarse por otros procedimientos.
Las pensiones contributivas se financian en su totalidad, con las cotizaciones de los trabajadores en activo, forman parte de la retribución de las personas asalariadas y conforman el denominado “coste empresa” como contrapartida al trabajo desarrollado. Por tanto, son una “retribución diferida”, una parte de la contraprestación económica por el trabajo realizado que se destina a financiar las pensiones actuales y sirve de base para determinar la pensión futura de quien hoy cotiza . Es decir, los perceptores de rentas del trabajo renuncian hoy a una parte de ellas para generar un derecho al cobro de su pensión futura, de forma que el sistema se financia desde el mundo del trabajo.
4.- Incentivar la prolongación voluntaria por encima de los 65 años de la vida laboral. Reconocer el mayor esfuerzo de las carreras de cotización más largas.
5.- Integración de los regímenes especiales en el Régimen General de la Seguridad Social es un objetivo tanto de justicia social para garantizar la misma protección de todos los trabajadores con independencia de su actividad , como de sostenibilidad financiera del sistema que garantice la equidad en las aportaciones de trabajadores y empresarios.
6.- Seguir manteniendo los mismos regímenes existentes para la jubilación parcial y anticipada . Tomando todas las medidas necesarias para hacerlas efectivas para los Empleados Públicos.
7.- Endurecimiento de las prejubilaciones .

viernes, 15 de abril de 2011

RESULTADO ELECCIONES SINDICALES 2011

Hoy viernes dia 15 de Abril ha finalizado las elecciones sindicales 2011 con la votacion de los trabajadores que formamos parte del personal de Ayuntamiento de Alhaurin de la Torre. Con una alta participacion  y durante la jornada se han venido sucediendo el chorreo constante de trabajadores con derecho a voto  que se  ha realizo con toda normanlidad un proceso donde se elegian 9 delegados para la Junta de Personal, y 13 para el Comite de Empresa. Los cerca de 500 empleados decidieron con su voto el siguiente resultado:
Junta de Personal: 4 delegados del Csif, 3 delegados Ugt, 1 SMPT. y 1 CCOO.
Comite de Empresa: 7 delegados para Ugt, 6 delegados para Csif. 
Los sindicatos mayoritarios en las anteriores elecciones siguen igualados cuatro años despues con 10 delegados cada uno.
Las nuevas secciones de SMPT y CCOO que han intervenido este año con el resultado de un delegado para cada uno.
Desde esta seccion sindical queremos felicitar a todos los trabajadores por su participacion activa en esta convocatoria, a todas las secciones sindicales que han intervenido, y en particular, a los compañeros del Csif por la campaña  y esfuezo realizado en estas elecciones que con ello demuestran que son muy validos para poder llevar a cabo el programa llevado a todos los trabajadores. Enhorabuena Compisssss.

viernes, 8 de abril de 2011

Nuevas Ilusiones, nuevas ideas, nuevos compromisos


Apuesta por un equipo joven y renovado. Un equipo que cree en el servicio público, en elempleo público y que está convencido que, con unas adecuadas condiciones de trabajo, la productividad, la motivación y el servicio al ciudadano mejorará considerablemente. Es un equipo que lidera una generación de trabajadores que cumplen ejemplarmente con su trabajo, y que están en las mejores condiciones para exigir que se cumplan con los derechos de todos los trabajadores.
“Cumplimos, y por ello exigiremos que cumplan con nosotros”.
“No debemos nada a nadie, y los trabajadores tenemos que estar convencido de ello”.
“Ya es hora de que cambien muchas cosas, y que nos libremos del complejo de ser funcionarios o
empleados públicos”.
Presentamos aquí las líneas de trabajo que consideramos prioritaria y que seguiremos completando con la
aportación de todos/as.
Catálogo de puestos de trabajo:
Exigiremos las modificaciones necesarias del catálogo para acercarlo más a la realidad. Sabemos las
valoraciones tan injustas que existen en la catalogación sobre muchísimos puestos de trabajo. Se han
valorado las puntuaciones de forma excesivamente bajas y no se ha reconocido el trabajo que se realizan
en muchos puestos de trabajo y por tanto no se ha valorado de forma real y justa las capacidades ni el
desempeño de los trabajadores. Contaremos con vuestra colaboración para ajustar nuestras peticiones lo
máximo posible.
Convenio Colectivo:
El actual convenio ha supuesto avances necesarios, pero insuficientes. Tenemos un convenio muy rígido y
que no ha reflejado las necesidades reales de los distintos colectivos laborales. Es necesaria la flexibilidad
horaria, medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, el justo reconocimiento de los servicios
extraordinarios de TODOS los trabajadores, y una larga lista de deficiencias ya detectadas, que se unirán
las que salgan de vuestras aportaciones. Contaremos CON TODOS.
Dignidad del empleado público:
Hemos sufrido durante muchos años el continuo desprestigio de nuestra condición de empleado público. En
las luchas de los partidos políticos siempre han utilizado a los trabajadores como arma arrojadiza y como
moneda de cambio en chantajes y juegos claramente políticos que han llevado a que nuestra imagen se vea
gravemente deteriorada. CSI-F quiere luchar con fuerza por cambiar esa imagen. Tenemos ideas, queremos
ponerlas en práctica e implicaremos a todas las fuerzas políticas. Lo público es un asunto de todos.
Empleos de calidad:
No podemos ignorar el esfuerzo que se ha hecho en la estabilización de la plantilla de este Ayuntamiento,
pero se siguen utilizando contratos precarios, temporales o eventuales para realizar trabajos que no son
ocasionales sino continuos, por lo que deberían estar ocupados por personal fijo. El Ayuntamiento debe ser
ejemplo en la creación de puestos de trabajo estables y en esa línea vamos a seguir trabajando.
Igualdad:
Seguimos sufriendo muchas desigualdades. Queremos la igualdad de derechos entre funcionarios y
trabajadores laborales (todos somos empleados públicos). Igualdad en las oportunidades de acceso de las
mujeres y hombres en los puestos de responsabilidad, igualdad en salarios en igualdad de puesto de
trabajo, en definitiva, eliminar las prácticas discriminatorias que existan en nuestro ámbito de trabajo.
Administración electrónica e implantación de sistemas de gestión de calidad:
La implantación de la “administración electrónica” y los “sistemas de gestión de calidad” aportan
transparencia, eficacia y eficiencia en la labor pública que realizamos y permiten mayor independencia y
seguridad en la gestión de los bienes y servicios de los ciudadanos. Son muchísimos los Ayuntamientos que
tienen implantadas estas medidas y multitud de estudios que demuestran el importante ahorro que se
produce en los gastos municipales y el incremento en la satisfacción de los ciudadanos y trabajadores. Son
medidas fundamentales para cambiar la imagen del empleado público y exigiremos su implantación con
carácter prioritario.
Promoción laboral:
Poner en valor la gestión del conocimiento. Descubrir la formación, experiencia y habilidades que poseen
los trabajadores para dar oportunidad a su promoción interna. No consideramos justo la promoción “porque
toca”. Todos los trabajadores tenemos derecho a la promoción y a que se nos evalúe en función a nuestras
capacidades, experiencias y formación, y optar así a un puesto de trabajo mejor.
Formación continua:
Queremos dar un servicio público de calidad y para ello es fundamental el fomento de la formación contínua
de los trabajadores. Seguiremos participando en las mesas de formación para exigir que los cursos se
realicen en horario laboral o se consideren horas laborales a todos los efectos. Hay que facilitar que el
trabajador se forme. Es fundamental para su motivación, su desempeño y su efectividad en el trabajo.
Contratación laboral:
No podemos seguir obviando el problema. Exigiremos transparencia en las contrataciones laborales.
Queremos tener constancia de los contratos que se realicen, el funcionamiento correcto de las bolsas de
trabajo y las pruebas de selección. La legalidad en la contratación es base fundamental para la seguridad
del trabajador y vamos a exigir su control y cumplimiento.
Defensa de todos los colectivos:
Tenemos como premisa básica en este sindicato el contar en nuestro equipo con trabajadores de todos los
colectivos laborales, con buen conocimiento de todos los servicios del Ayuntamiento, y cumplimos con este
objetivo. Por ello, tenemos en cuenta en las negociaciones y promoción de derechos a TODOS los
colectivos con sus problemáticas particulares (administrativos, técnicos, Patrulla Verde, Policía Local,
Servicios Operativos, Obras, Electricistas, Jardinería, ... ).
  CONTAMOS CON TU APOYO PARA CUMPLIR NUESTROS COMPROMISOS

jueves, 7 de abril de 2011

Breve manual el derecho de acceso a los archivos y registros municipales de los concejales (II)

Decía en la primera parte de este post que el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) preceptúa que «todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno (hoy Junta de Gobierno Local) cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función»
Y tras analizar que la petición de informes no puede encuadrarse en la vertiente de acceso a los archivos y registros municipales del derecho fundamental del representante de los ciudadanos a ejercer su cargo y de éstos a participar en los asuntos públicos, vamos a intentar delimitar el alcance del artículo 77 LBRL.
En desarrollo del artículo 77 LBRL los artículos 14, 15 y 16 del Real Decreto 568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), articulan la forma de ejercer dicho derecho de acceso a documentos. A la vista de los artículos 14, 15 y 16 del ROF cabe distinguir dos modalidades de acceso a los documentos municipales por lo concejales, siendo independiente que formen parte de expedientes en trámite o terminados:
- Una de libre acceso, a la que se refiere el artículo 15 del ROF en los siguientes casos:
a) Cuando se trate del acceso de los miembros de la Corporación que ostenten delegaciones o responsabilidades de gestión, a la información propia de las mismas.
b) Cuando se trate del acceso de cualquier miembro de la Corporación, a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados por los órganos colegiados de que formen parte, así como a las resoluciones o acuerdos adoptados por cualquier órgano municipal.
c) Cuando se trate del acceso de los miembros de la Corporación a la información o documentación de la Entidad local que sean de libre acceso para los ciudadanos.
- Otra fuera de los casos vistos de acceso libre, que podemos denominar de acceso previa petición, a cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función, que, de acuerdo con el artículo 14.2  ROF, se entenderá concedida por silencio administrativo en caso de que el Presidente o la Junta de Gobierno Local no dicten resolución o acuerdo denegatorio en el término de cinco días, a contar desde la fecha de solicitud.
Por su parte, el artículo 16 ROF modula la forma en que se llevará a cabo la consulta y examen concreto de los documentos, disponiendo:
«1. La consulta y examen concreto de los expedientes, libros y documentación en general se regirá por las siguientes normas:
a) La consulta general de cualquier expediente o antecedentes documentales podrá realizarse, bien en el archivo general o en la dependencia donde se encuentre, bien mediante la entrega de los mismos o de copia al miembro de la Corporación interesado para que pueda examinarlos en el despacho o salas reservadas a los miembros de la Corporación. El libramiento de copias se limitará a los casos citados de acceso libre de los concejales a la información y a los casos en que ello sea expresamente autorizado por el Presidente de la Comisión de Gobierno.
b) En ningún caso los expedientes, libros o documentación podrán salir de la Casa Consistorial o Palacio Provincial, o de las correspondientes dependencias y oficinas locales.
c) La consulta de los libros de actas y los libros de resoluciones del Presidente deberá efectuarse en el archivo o en la Secretaría General.
d) El examen de expedientes sometidos a sesión podrá hacerse únicamente en el lugar en que se encuentren de manifiesto a partir de la convocatoria.
2. En el supuesto de entrega previsto en el apartado a) del número anterior, y a efectos del oportuno control administrativo, el interesado deberá firmar un acuse de recibo y tendrá la obligación de devolver el expediente o documentación en un término máximo de cuarenta y ocho horas, o antes, en función de las necesidades del trámite del expediente en cuestión.
3. Los miembros de la Corporación tienen el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función, singularmente de las que han de servir de antecedente para decisiones que aún se encuentren pendientes de adopción, así como para evitar la reproducción de la documentación que pueda serles facilitada, en original o copia, para su estudio».
Téngase en cuenta que la obtención de copias de los documentos se limita a los casos citados en el artículo 15 ROF de acceso libre de los concejales a la información y a los casos en que ello sea expresamente autorizado por el Alcalde o la Junta de Gobierno Local, tal y como preceptúa el artículo 16.1.a) ROF, por lo los servicios administrativos locales no están obligados a facilitar copia de los documentos solicitados en la modalidad que hemos denominado de acceso previa petición, cumpliendo con su obligación al facilitar el simple acceso a los documentos, pues el artículo 14 ROF no ampara la obtención de copia de los documentos y teniendo en cuenta que la falta de resolución expresa, si bien tiene carácter estimatorio respecto del simple acceso a los documentos, debe entenderse denegatoria por lo que se refiere a la obtención de copias de los mismos (Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de mayo de 1995)
Continuará…
Jesús Santos Oñate

miércoles, 6 de abril de 2011

Breve manual el derecho de acceso a los archivos y registros municipales de los concejales (I)

Hace unos pocos días me comentaba un compañero que ya llevaba unas cuantas semanas que notaba que su Ayuntamiento había sido invadido por la inquietud de los concejales, especialmente de los de los grupos de la oposición, y que dicha inquietud se traducía en una continua e ingente solicitud de toda clase de informes, datos, documentos, etc…, que no guarda proporción con la intensidad con la que se ejerce este derecho al ejercicio de su cargo, en cuanto representantes de los ciudadanos, y el de éstos a participar en los asuntos públicos proclamados en el artículo 23.1 y 2 de la Constitución, durante el resto de su mandato y que, ahora, al borde de las elecciones municipales, se despierta una vorágine presidida por un afán de búsqueda de cualquier clase de información que pudiera ser utilizada durante la campaña electoral.
Es verdad, en mi Ayuntamiento, D. Perfecto Desconfiado, cuyas andanzas es posible que recuerden de mi artículo “Plus de penosidad en concepto de preparación de plenos”, está más alterado y muestra una mayor impaciencia que de costumbre de cara a la obtención de documentos municipales como si pretendiera acumularlos en su poder del tal forma que pareciera que se encuentra poseído por el síndrome de Diógenes en su versión documental.Esta conversación con nuestro compañero me hizo recordar que había leído en la revista digital tribuna municipal que una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife, había desestimado el recurso presentado por el portavoz del grupo socialista en el Ayuntamiento de Icod, donde éste alegaba la denegación del acceso a la información municipal, porque, según la sentencia, se ha constatado por parte del demandante “una actitud que muy bien podría calificarse de uso desmedido o abusivo del derecho que le asiste, el cual está limitado a unos específicos asuntos municipales, llegando con ello a entorpecer la labor administrativa diaria, con el consiguiente resentimiento en el servicio y atención al ciudadano”.
Pero también recordé que frente a este pronunciamiento, basado en el entorpecimiento de la labor administrativa,  una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (Sala de lo Contencioso-Administrativo) de 6 julio 2001 reprocha que una Junta Vecinal se ampare en el posible colapso de las dependencias administrativas caso de estimarse la pretensión de la parte actora, que no ostentaba la condición de concejal, que solicitaba o bien fotocopia de las cuentas correspondientes a los ejercicios de 1994 a 1997 o bien el acceso directo a los propios documentos.
Y es que no encontramos en una materia sumamente resbaladiza en la que, tal y como afirma la Sentencia del Tribunal Constitucional (Sala Segunda) núm. 361/2006 de 18 diciembre, una interpretación restrictiva de las normas que puedan suponer una limitación al ejercicio de aquellos derechos o atribuciones que integran el status constitucionalmente relevante del representante público y el deber de motivar las razones de su aplicación supondrían una vulneración del derecho fundamental del representante de los ciudadanos a ejercer su cargo (art. 23.2 CE) y de éstos a participar en los asuntos públicos (art. 23.1 CE).
Pues bien esa sensación de encontrarnos en arenas movedizas cuando se solicita por parte de los concejales del Ayuntamiento el acceso a los documentos municipales nos hace – al menos a mí me ocurre – caer en la inseguridad y no establecer con nitidez el alcance de alcance de sus derechos, cayendo en la tentación de admitirlo en su más amplia expresión lo que provoca no pocos roces con el equipo de gobierno sobre todo cuando la petición proviene de la oposición.
Por ello me voy a permitir pergeñar un breve y somero manual sobre la configuración del derecho de los concejales de nuestros Ayuntamientos de acceso a los archivos y registros municipales, sobre el que sería muy interesante que se añadieran todo tipo de consideraciones o ejemplos sobre la casuística que en torno a esta materia nos pueden aportar otros compañeros y que nos permitirían adquirir unos conocimientos sobre la cuestión que redundarían no solo en nuestro beneficio, sino en el de los propios ediles que tendrían una mayor información acerca de la forma de ejercerlo y, en definitiva, alcanzar una posición pacífica al respecto.
Pues bien, el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) preceptúa que «todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno (hoy Junta de Gobierno Local) cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función.»
No obstante, debe hacerse una primera matización, es muy frecuente que con la finalidad de obtener cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función los concejales soliciten informes de secretarios, interventores, secretarios-interventores, técnicos municipales, etc…y que, con el fin de evitar confrontaciones, se emitan informes que simplemente se limitan a recopilar en los mismos la información solicitada o recoger en informes o certificados de secretaría otros informes emitidos por técnicos municipales o, incluso, por la intervención municipal allí donde existe.
Pero es que, en mi opinión, en estos casos, los concejales, en realidad, no se están solicitando informes de secretaría, intervención o tesorería, por ejemplo, porque la emisión de informes, como integrantes de las funciones de asesoramiento legal preceptivo, de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y de tesorería, comprenden solamente, de acuerdo con los artículos 3, 4 y 5 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, la emisión de informes previos en aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la Corporación o cuando lo solicite un tercio de Concejales o Diputados con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que hubiere de tratarse el asunto correspondiente;  siempre que se trate de asuntos para cuya aprobación se exija una mayoría especial; siempre que un precepto legal expreso así lo establezca; en las sesiones de los órganos colegiados a que asista y cuando medie requerimiento expreso de quien presida; sobre los proyectos de presupuestos y de los expedientes de modificación de créditos de los mismos; e informe de las Cuentas de Tesorería.
Por su parte, el artículo 54.1 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local prevé que será necesario el informe previo del Secretario, y, además, en su caso, del Interventor o de quienes legalmente les sustituyan, para la adopción de los siguientes acuerdos:
a) En aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la Corporación o cuando lo solicite un tercio de sus miembros con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que hubieren de tratarse.
b) Siempre que se trate de asuntos sobre materias para las que se exija una mayoría especial.
De acuerdo con el número 2 del citado artículo 54 TRRL los informes que se emitan deberán señalar la legislación en cada caso aplicable y la adecuación a la misma de los acuerdos en proyecto».
En vista de lo anterior, la información relativa a una deuda existente, a  facturas de ejercicios anteriores, a préstamos, a presupuestos municipales, a licencias concedidas, a acuerdos de los órganos colegiados  y a toda clase de documentación obrante en el Ayuntamiento,  no puede encuadrarse en el seno de las funciones de asesoramiento legal preceptivo, de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y de tesorería,  que se emite mediante los informes de secretaría, intervención y tesorería, sino que lo que los grupos municipales pretenden es acceder a la información obrante en el Ayuntamiento para ejercer sus funciones. Derecho reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución.
Continuará…
Jesús Santos Oñate

martes, 5 de abril de 2011

La huella de los impagos

Una clara evidencia de la difícil situación financiera de las administraciones locales es la ola creciente de  impagos que sufren: un elevado número de empresas, concesionarios y proveedores de todo tipo de servicios  no consiguen cobrar las cantidades que les adeudan los ayuntamientos, en algunos casos, de varios años de antigüedad.En general, el problema de los impagos aqueja a todas las unidades económicas, grandes y medianas empresas, y posiblemente es uno de los males más graves de nuestra economía; pero lo novedoso de la situación actual es cómo está lastrando la vida cotidiana de todos los ayuntamientos de España, independientemente de su tamaño. La prensa muestra con mucha frecuencia ejemplos de crisis en todo tipo de ayuntamientos: concesionarias que renuncian a los contratos por las pérdidas que ocasionan los injustificados retrasos en los cobros; ciudades donde las compañías eléctricas están cortando el suministro de manera selectiva (por barrios) por los impagos acumulados; consistorios que pagan el suministro de varios años antes con cargo al presupuesto del ejercicio corriente; y, por último,  ayuntamientos donde los empleados municipales llevan mucho tiempo sin cobrar, o cobran con bastante retraso, y ejecutan acciones de protesta más propias de empresas de sectores industriales en reconversión que del sector público.
Todo ello configura un panorama de crisis que nadie imaginó hace apenas unos años, cuando la economía iba “viento en popa, a toda vela” y la oferta de empleo público, nuevos servicios y  proyectos de la administración local crecía a un ritmo también frenético, basada en la abundancia de ingresos; pero  ningún político pensó que la extraordinaria fuente de ingresos procedentes de la actividad inmobiliaria podría llegar a secarse de un día para otro, y lo que es peor, sin expectativas de que vuelva a manar en muchos años.     
Las series de datos del Banco de España proporcionan una imagen clarísima del problema. La normativa contable vigente a efectos del cálculo de solvencia de las entidades financieras otorga un peso muy bajo  a los riesgos y créditos concedidos a las administraciones públicas en general; es decir, en igualdad de condiciones, a una entidad que tenga 100 (millones de €, o lo que se prefiera) de recursos propios, le cuesta menos prestarlos al sector público (administraciones locales en este caso), que a una empresa o un particular, pues la cantidad de capital propio del que debe disponer para hacer frente a los posibles impagos del cliente históricamente son más bajas para la administración pública, que para el resto de clientes.
Y la verdad es que históricamente ha sido así: siempre ha habido algún caso de ayuntamientos con problemas, por mala gestión, o desequilibrios e inestabilidades políticas, etc., pero en proporción, mucho menor que en cualquier otro sector de la economía; posiblemente, el rigor que antiguamente había en la gestión profesional de las corporaciones actuaba de contrapeso a las desmedidas aspiraciones de algunos políticos. Pero parece que las cosas han cambiado durante los años de euforia.
Repasando la serie de activos dudosos del sector financiero, se observa claramente este deterioro. Primero, porque la cifra de dudosos de  las administraciones públicas ha sido históricamente baja, casi inexistente; por ejemplo, desde 2005 hasta 2008 el saldo total de dudosos (la cantidad de créditos y préstamos que tenían retraso en el pago de las cuotas superior a tres meses) se ha mantenido estable por debajo de los 200 millones de € (33.280 M. ptas); esa cifra hay que contrastarla con el saldo total de los préstamos y créditos concedidos por todos los bancos y cajas a las administraciones públicas, dando una media de 0,5% , que muestra claramente la circunstancia comentada.
Desde el comienzo de la crisis, las entidades financieras, confiadas en ese mejor historial de pago  de las administraciones públicas y presionadas por los impagos en otros sectores de la economía, aumentaron los préstamos y créditos concedidos, duplicando prácticamente el saldo total: 42.000 M € en 2007, pasaron a 78.971 M € en diciembre de 2010. Sin embargo, el deterioro de la realidad seguía su proceso, aumentando los problemas de pago: el total de activos dudosos de la administración ha llegado a 578 M € (o sea, 96.172 M ptas.), que equivale al 0,74% del total; pero creciendo deprisa.
Evidentemente, las cosas no pintan bien para los gestores de las administraciones públicas en general, pero sobre todo para la administración local, que tiene muy difícil, si no imposible, acudir a los mercados de capitales para conseguir fondos, contrariamente a lo  que puede hacer el gobierno central y el autonómico: conforme sigan aumentando los casos de problemas de pago, y los saldos clasificados como dudosos, encontrarán cada vez más difícil renovar las operaciones que vayan venciendo; y si lo consiguen, tendrán que aceptar el precio más elevado que pondrán las entidades, para protegerse de lo que pueda suceder, porque la prima de riesgo de la administración local ha crecido.
Tomás García Montes