domingo, 15 de diciembre de 2013

Senderistas y cicloturistas contra la expoliación de caminos públicos

 No se trata del clásico avispado que aprovecha a extender la linde de su propiedad para apropiarse de un camino público y que ha dado lugar a miles de litigios y no pocos de ellos con desenlace penal ( peleas o reyertas entre usurpadores y quienes se creen usurpados). Se trata de otro fenómeno puesto de manifiesto en las VII Jornadas de Caminos públicos celebradas en Constantina, Sevilla, el 1, 2 y 3 de noviembre pasado, en las que se reunieron representantes y activistas de organizaciones ambientales y senderistas para reclamar frente a las usurpaciones de senderos y caminos públicos. La noticia del evento refleja situaciones de grave enfrentamiento y sabotaje de cierres por parte de particulares y asociaciones que al pretender transitar  (caminando o en bicicleta) por senderos de montes, bosques o llanuras, se tropiezan con vallados y alambradas. Las implicaciones jurídicas son tremendas ya que el abuso de la fuerza para ejercer lo que se cree un derecho no está amparado por nuestro Ordenamiento Jurídico. Es cierto que “no hay que poner puertas al campo”, pues si constar que ese campo es público, nadie debe limitarnos el libre uso. Pero veamos la problemática.
 1. El nuevo fenómeno es fruto de una triple tensión.
  En primer lugar, el senderismo y el cicloturismo han ganado adeptos y se han abierto nuevas rutas con pasos que no coinciden con el concepto jurídico clásico de “camino público” ni de “vía pecuaria”, además de estar creados con el tránsito reciente, sin prescripciones inmemoriales.
  En segundo lugar,  los propietarios de tierras proceden a su cerramiento, bien por ser nuevos adquirentes que invierten en tiempos de crisis en terrenos extensos a precio de saldo,  o bien por asegurar su empleo para la caza o actividades deportivas, libre de intromisiones de paseantes y ciclistas.
  Y en tercer lugar, las Administraciones locales, que deben defender el dominio público miran para otro lado, para evitar conflictos jurídicos de dudoso desenlace, pues una cosa es sentir el sendero o el paso como público y otro que realmente lo sea.
 El resultado son enfrentamientos virulentos entre propietarios y usuarios,  con regidores locales implicados en uno u otro bando, y bajo la libertad vigilada de asociaciones ecologistas como refleja esta interesantísima noticia.
 Es cierto que tanto la reglamentación de bienes de las corporaciones locales, como la Ley de Vías Pecuarias y legislación sectorial (montes, aguas,etc) pregonan la inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad de los bienes de dominio público. El problema radica en si realmente se cumplen tales requisitos y si están probados.
 2. Por eso, en vez de utilizar la fuerza frente al presunto expolio ( alicates contra alambradas, rotura de vallado,etc) lo correcto sería ejercitar al amparo del art.68 Ley de Bases de Régimen Local las acciones en defensa de bienes, que dispone literalmente:
“1. Las Entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.
 2. Cualquier vecino que se hallare en pleno goce de sus derechos civiles y políticos podrá requerir su ejercicio a la Entidad interesada. Este requerimiento, del que se dará conocimiento a quienes pudiesen resultar afectados por las correspondientes acciones, suspenderá el plazo para el ejercicio de las mismas por un término de treinta días hábiles.
 3. Si en el plazo de esos treinta días la entidad no acordara el ejercicio de las acciones solicitadas, los vecinos podrán ejercitar dicha acción en nombre e interés de la Entidad local.
 4. De prosperar la acción, el actor tendrá derecho a ser reembolsado por la Entidad de las costas procesales y a la indemnización de cuantos daños y perjuicios se le hubieran seguido. sin carácter restrictivo de la condición de vecino y sin poder ejercerse frente a la propia Administración local si fuere la presunta expoliante.”
  La trampa de esta acción radica en que se reembolsarán las costas procesales al valiente Llanero Solitario que ejerce las acciones en defensa de todos, solamente si “prospera la acción”, o sea, si gana el pleito, lo que es mucho decir con el notorio escenario de incertidumbre judicial.
 3. En ocasiones, el supuesto camino no tiene la consideración de bien público, lo que es mas frecuente de lo habitual, pues el ciudadano tiende a considerar público aquéllo que está sin vallado y que no cuenta con perros o guardianes, ignorando que a veces el terreno está abierto porque es fruto de una herencia litigiosa o por la generosidad de su dueño. En ese caso, siempre puede solicitarse de la Administración local que lleva a cabo la expropiación, cosa difícil ya que no está las arcas municipales para dispendios.
Aunque quizá lo mas adecuado es impulsar la reforma puntual de la legislación de los bienes demaniales. Podría ser buena idea, promover una Proposición de Ley de Servidumbre legal de Senderistas y Cicloturistas que regulase este nuevo fenómeno que va mas allá del clásico camino público o vía pecuaria y diese respuesta a un clamor social. Pero desde luego que el camino no es el atropello ni el asalto a la Bastilla.
 En fin, nuevos tiempos, nuevos problemas jurídicos.

viernes, 13 de diciembre de 2013

El litoral de Mallorca no tiene rabo porque Pedro J. Ramírez se lo cortado

El Tribunal Supremo ha confirmado la Sentencia de la Audiencia Nacional que, tras señalar que la piscina y el chalé en la Costa de los Pinos en Mallorca del director de El Mundo estaba en zona pública y de uso público, declaraba nula la transmisión que la anterior propietaria efectuó en favor de Pedro J.Ramírez, de la concesión que aquélla disfrutaba de la privatización de esa franja del litoral. Además se declara ilegal la Orden Ministerial que le concedía un plazo para presentar un proyecto de uso público de la zona, reservándose el uso privado en el verano.
Y decimos confirmado, y eludimos otro titular de la noticia porque es llamativo como las sentencias, al decir del poeta asturiano Ramón de Campoamor, “«En este mundo traidor / nada es verdad ni mentira / todo es según el color / del cristal con que se mira», dependen del cristal del color con que se mire”.
Veamos. El Diario El País“ La piscina de Pedro J. Ramírez en Mallorca es de uso público”. El Diario

 El Mundo“El Tribunal Supremo mantiene la concesión de la piscina del director del Mundo”. El diario digital El Plural“ El Supremo obliga a Pedro J. A a abrir al público a su piscina de Mallorca”.
El Mundo piscina

O sea, ese fragmento de costa mallorquín queda abierto o no para el libre tránsito y baño público, según el periódico que se lea.
Lo cierto es lo siguiente. Una propietaria transmite una concesión otorgada en el año 2001 para el uso privativo de un trozo de costa, al director de El Mundo ( la concesión original era dudosa en su legalidad pero la Audiencia Nacional no la enjuicia por razones procesales). La transmisión a Pedro J., que sí analizan las Sentencias, se hace mediante un contrato ilegal pues la Ley de Costas prohibe tal mercado de concesiones.
Pues bien, tal y como declaran las sentencias (Audiencia Nacional y Tribunal Supremo), es nula tal transmisión, declarando la Audiencia Nacional que ” se ha pretendido camuflar dicha transmisión en un contrato de gestión de la concesión en base a un precepto reglamentario que no está previsto para supuestos como el que ahora nos ocupa”. Por tanto, es incuestionable que la ocupación y uso exclusivo amparado en una transmisión ilegal, ha sido ilegítima durante estos años. Otra cosa es que, dado que los abogados del ocupante han intentado ante el Supremo demostrar que una modificación posterior a los hechos de la Ley de Costas ( sobrevenida en el curso del litigio) autoriza bajo determinados requisitos la cesión de tales “concesiones”, el Tribunal Supremo se limita a confirmar la ilegalidad y añade algo lógico pero que no convalida nada: que en el futuro podría legalizarse esa situación al amparo de los criterios de la nueva Ley. Pero digámoslo claro, hoy por hoy, y durante los diez años que ha durado la polémica, ha tenido lugar un uso ilegal.
Pero lo mas triste es: que se necesite tanto tiempo para zanjar el uso ilegal de una piscina en Mallorca como el caso del Prestige en Galicia; que el Gobierno por Orden Ministerial haya intentado convalidar la situación; que otras casas en similar situación, de quienes no tenían buenos abogados o no podían pagarlos, en esa costa y en otras, han sido derribadas; que las posibles sanciones que merecería esa ocupación ilegal o no se han impuesto, o no se impondrán o se recurrirán; y que muy posiblemente ahora se tramitará la legalización con la nueva Ley, que si es denegada se recurrirá en proceso autónomo, que será recurrible…. Etc.
El Cuento de nunca acabar… salvo la paciencia del ciudadano de a pie que, paradójicamente, nunca podrá transitar a pie por el litoral de la Costa de los Pinos, en Mallorca.

jueves, 12 de diciembre de 2013

Las recomendaciones de Bruselas

Hemos asistido recientemente a un intenso debate sobre las Recomendaciones que Bruselas (dicho así: Bruselas, en general), ha hecho al Gobierno español para que se consolide la salida de la crisis y se supere la adversa situación económica que atraviesa nuestro país. Por supuesto, las reacciones han sido inmediatas, tanto en el terreno político, como en la opinión pública.
Casi todos los argumentos han sido contrarios a las Recomendaciones, fundamentalmente porque éstas aconsejan más recortes de gastos y disciplina fiscal, en un contexto de apreciable desesperación y desgaste social, y porque vienen de Europa, concepto que para muchos supone el origen de todos nuestros males y está sospechosamente ligado a Alemania.
Como siempre, creo que conviene meditar un poco el contenido real del documento en cuestión, para opinar con fundamento, y no repetir sin más el resumen de los titulares de prensa producidos por autores que, a lo mejor, no han tenido suficiente tiempo para leerlo. Esta tarea no cabe en la extensión habitual de una columna, así que dedicaré algún día más a la materia.
La mayoría de las críticas comparten la raíz común del orgullo nacional malherido que, simplificando mucho, podríamos resumir en la castiza frase ¿pero que se han creído estos­, quiénes son ellos para decirnos lo que tenemos que hacer?
Para responder sin que nadie se sienta herido, conviene señalar que las Recomendaciones proceden del Consejo de la Unión Europea, que es un importante órgano de gobierno de la Unión y por tanto está muy cualificado al efecto, y se centran en el contenido del Programa Nacional de Reforma de España de 2013: es decir, el órgano competente analiza el documento que le remite el órgano dependiente.
Y siguiendo esta línea de respuesta neutra, convendría señalar  los “fundamentos de derecho de la Comisión Europea” para decir a España lo que tiene que hacer, que son de dos tipos: los generales, procedentes de la adhesión voluntaria de España a la Unión Europea; y los concretos de la situación actual, que entre otros incluyen los siguientes acuerdos:
- La Propuesta de la Comisión Europea del 26 de marzo de 2010 para la nueva estrategia de crecimiento y empleo denominada Europa 2020, que España suscribió, donde se define el tipo de economía que Europa quiere tener entonces.
- Las directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión para el periodo 2010 – 2014.
- El “Pacto para el crecimiento y el empleo” aprobado en 2012 por los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros, que estableció un marco coherente de actuación de cada país, de la propia UE y de la zona euro, para desarrollar la estrategia Europa 2020.
- El dictamen del Consejo de la Unión sobre el Programa de Estabilidad actualizado de España para el periodo 2011 – 2015, a partir del plan anterior que, como se sabe, se vio superado por la  dura realidad de nuestra crisis.
- La recomendación que el Consejo de la Unión hizo el año pasado sobre el Programa Nacional de Reforma de España de 2012.
- El Programa de Estabilidad para el periodo 2012-2016 que presentó el gobierno de España este año, así como el Programa Nacional de Reforma de 2013.
Creo que esta muestra no exhaustiva de documentos, planes y razones es suficiente para explicar por qué el Consejo de la Unión Europea puede hacer Recomendaciones a la política del gobierno español de turno, es decir:
- Porque España optó voluntariamente por incorporarse a la Unión Europea.
- Porque la economía española cumplió en su momento los requisitos de entrada al euro, y pudo incorporarse a la zona euro.
- Porque participando libremente en los órganos de decisión de la Unión, los diferentes gobiernos españoles han suscrito los acuerdos y estrategias debatidas en los órganos de decisión europeos.
- Porque la mayor parte del oxígeno que ha mantenido con vida a la economía nacional desde el comienzo de la crisis y todavía hoy sigue manteniéndola ha sido el dinero procedente de las arcas europeas, especialmente del Banco Central Europeo.
- Porque a cambio del oxígeno recibido desde el comienzo de la crisis, nuestros gobiernos se han comprometido con la Unión a llevar a cabo las reformas estructurales necesarias para que la economía retome la senda de ortodoxia definida para la zona euro.
Es decir, las Recomendaciones pueden parecer duras y sin duda lo son, pero proceden de quien debe realizarlas y marcan el camino que debería seguir España para recuperar el sitio que ocupó entre los principales países de la Unión la década pasada.

Tomás García Montes

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Público y privado en la energía

Pocos lugares de discrepancias más activos entre la ciudadanía que los representados por la energía y sus aledaños. Hace poco señalaba en este Blog la importancia que puede tener para el ejercicio de las competencias municipales y autonómicas el despliegue que supone la red de infraestructuras energéticas previsto por las autoridades europeas hasta el año 2020 pero que evidentemente tendrá continuidad más allá de esa fecha. De momento, para España ya se han aprobado varios proyectos que llevan el aval de la Comisión pero los más esperanzados confiamos en que la empresa privada se anime y lleguen otros a ser evaluados positivamente. Es capital que España -y nuestros vecinos los portugueses- dejemos de ser una isla energética.
Prueba del interés, y aun de la pasión, que estos asuntos suscitan es la ola de referendos que se están produciendo en Alemania sobre el carácter privado o público de las redes de energía y del suministro. Las autoridades competentes han decidido sacar el debate del cenáculo de los órganos políticos representativos y lo han trasladado a la ciudadanía. El último de estos referendos ha tenido lugar en Berlín.
Muchas ciudades alemanas han fundado empresas públicas en este sector o han comprado las redes de energía. Desde 2007 se cuentan 87 nuevas empresas municipales y han sido revertidas al ámbito público más de 200 concesiones. En Hamburgo la ciudadanía optó por la opción pública en un referendo celebrado paralelamente a las últimas elecciones generales. Después viene obligadamente la participación de la empresa pública en el procedimiento de adjudicación del concurso y aquí el sector privado está anunciando todos los males imaginables para quienes deserten de sus cuidados.
En Berlín, el vecindario se ha pronunciado en contra de la publificación pero el gobierno delLand -de gran coalición entre los socialdemócratas y los cristianodemócratas- maneja otras fórmulas para hacerse con parte del control del sector. Naturalmente la compañía Vattenfall, sueca, ya ha advertido a los ciudadanos que cuenten con cortes de luz y otras desgracias si siguen adelante los planes de la coalición.
Característica de estas consultas populares, que se han celebrado también en otros lugares como Speyer o Halle, es que muestran, de un lado, que la ciudadanía se halla dividida por mitad a la hora de pronunciarse sobre este crucial asunto de las redes y del suministro energético -diríamos que partida “por gala en dos”, como en el poema de Zorrilla-; y, de otro, un descontento -de alguna forma inesperado- de un abultado número de ciudadanos con la gestión privada.
Como se comprenderá el debate viene de la noche de los tiempos y se proyectará a los días y años venideros. Ignoro a qué acuerdo se ha podido llegar en las actuales negociaciones entre socialistas y democristianos para formar la gran coalición porque la prensa no da muchas pistas de momento. Es probable que no haya pacto alguno pues aquí estamos hablando de políticas municipales que, aunque siempre gestionadas por los mismos partidos, van un poco a su aire en función de circunstancias específicas de cada ambiente o región. Y es bueno que así sea.
Donde sí se habrán producido acuerdos será en relación con las más de cien empresas en las que el Bund, o sea la Federación (lo que nosotros llamaríamos el Estado) participa, en ámbitos como Telekom, Correos o el ferrocarril. Que no son, por cierto, bagatelas. Añado que el Gobierno todavía en funciones, que lleva en su seno a los liberales partidarios del libre mercado, decidió una participación multimillonaria en la mayor corporación industrial europea de la aviación (EADS). Para desesperación de los defensores de las esencias puras.
¿Olvidaremos que la sabia combinación entre lo público y lo privado ha sido probablemente la causa del bienestar de parte de Europa durante medio siglo?

Francisco Sosa Wagner

martes, 10 de diciembre de 2013

La ciega estupidez ante la ciega justicia

Generalmente quien se embarca en litigios civiles, laborales o administrativos, lo hace porque quiere obtener lo que cree que es suyo frente a alguien ( una persona, el patrono o la Administración) que se lo niega ( una propiedad, una indemnización, un reconocimiento, etc) y espera que los Tribunales le den la razón. Muy legítimo luchar por “la fuerza del Derecho” y muy civilizado evitar que se imponga el Derecho “a la fuerza”.
Sin embargo, a veces hay litigios que demuestran como se abusa de los Tribunales y como la malicia, la ignorancia o la torpeza provocan pleito y papeleo inútil. Veamos los casos.
En unos casos, responden a la figura del querulante que ya comenté en un post anterior, que antes de convertirse en una pandemia ha sido frenada levemente por las disuasorias tasas judiciales. O a la maliciosa conducta de los implicados para utilizar el pleito como venganza, como expuse en otrorecentísimo post.
En otros, se tratan de casos que responden a la distorsión de la perspectiva del demandante, quien de buena fe, se obceca en reclamar su derecho, y que da lugar a casos realmente extravagantes como los que expuse en materia contencioso-administrativa en otro post.
Y por último, me ocuparé ahora de los litigios debidos a la simple y vacía estupidez.
Viene al caso porque me he tropezado en una “librería de viejo” en “el húmedo” de León, un curioso ejemplar del periodista húngaro Paul Tabori (1908-1974), , titulado “ Historia de la estupidez humana”(Ediciones siglo XX, Buenos Aires, 1966), y que incluye una deliciosa historia sobre la estupidez de pleitear:
« Nada refleja la estupidez humana tan cabal y perfectamente como la manía de pleitear. Los hombres y las mujeres que pleitean incansablemente, sin la menor esperanza de éxito, a menudo sin razones de carácter material que lo justifiquen, años y años absortos en una disputa de menor cuantía, son gente que a menudo está al borde de la locura. Pero en muchos casos adoptan esa actitud absurda y suicida por simple estupidez.
En 1890 murió en la antigua ciudad de Szekesfehervar un abogado húngaro llamado Juan Farkas. Adquirió fama en el papel de defensor de muchos asaltantes de caminos. Se especializó en la defensa de bandidos, y amasó una fortuna considerable gracias a su concentración en esta esfera del derecho. Era soltero, pero tenía muchos parientes. Cuando se leyó el testamento, se comprobó que dejaba una propiedad de tres mil acres, dinero y otras posesiones a aquel de sus parientes que en el plazo de diez años fuera capaz de dar la más exacta respuesta a las siguientes preguntas: 1) ¿Qué es eterno e infinito sobre la tierra? 2) ¿Por qué la gente necesita dinero? 3) ¿Por qué la gente pleitea?Hasta que se obtuvieran respuestas satisfactorias, debía dividírsela renta de las propiedades entre distintas instituciones caritativas. Al cabo de una semana se presentaron alrededor de quinientos litigantes, divididos en dos grupos principales.
Uno de ellos aceptó las condiciones, y pacientemente comenzó a formular respuestas a las preguntas.
El otro impugnó el extraño testamento y trató de demostrar que en el momento de redactar el documento Farkas era insano.
Al cabo de diez años, los tribunales resolvieron que el testamento era válido. El número de litigantes se había reducido a veintidós, pero ningún juez alcanzaba a decidir cuáles eran las respuestas más correctas. (Uno de ellos escribió un libro de 150 páginas con el propósito de resolver los problemas suscitados.) El fantástico pleito duró más de cincuenta años. Uno de los abogados sugirió un compromiso. La propiedad había aumentado considerablemente de valor; ahora valía más de 200.000 libras, y propuso dividirla en partes iguales entre los herederos. Estos rechazaron de plano. En el curso de los cincuenta años más de sesenta personas habían sido sentenciadas por asalto y agresión ,por redacción de libelos obscenos y por otros diversos delitos menores, cometidos dentro y fuera del recinto del tribunal, en ocasión con motivos de mutuos ataques de los antagonistas.
El último juez que examinó el caso suministró la respuesta correcta a las tres preguntas.
¿ Qué es eterno e infinito? Este pleito.
¿Para qué necesita dinero la gente? Para continuar el pleito. ¿Por qué la gente pleitea? Porque necesita dinero.
La tremenda inflación de 1945-46 liquidó la propiedad Farkas, y de ese modo acabó también con la manía litigiosa de sus herederos.”
En fin, la historia habla por si misma. Y si alguien desea aprovechar para disponer gratuitamente de la obra,Historia de la Estupidez, que dedica un capítulo a “ La estupidez de la justicia” pues aquí os la regalo, gracias a Ediciones elaleph.com,